Opinió

Atención

Desde hoy mismo la conselleria de Justícia de la Generalitat amplía al total de los 49 partidos judiciales catalanes el servicio que ofrece las denominadas Oficinas de Atención a las Víctimas de Delitos. Se trata de un servicio que ya está funcionando en las capitales de provincia catalanas y que proporciona atención, apoyo y orientación a las víctimas y personas perjudicadas por un delito o un delito leve (antes falta) para que puedan ejercer los derechos que les reconoce la legislación vigente, así como una atención integral para potenciar la recuperación personal.

Este servicio se ofrece a todas las víctimas de delitos en general que, por sus circunstancias personales, de vulnerabilidad, puedan necesitar de un acompañamiento de especialistas que les ayuden en todo el proceso judicial a ser el nexo de unión entre esas víctimas y los agentes judiciales. No obstante, no podemos perder de vista que un protagonismo especial en este servicio lo tiene la asistencia a las víctimas de violencia de género. Los profesionales adscritos a este servicio acompañarán a las víctimas antes, durante y después de la comparecencia ante el juzgado y se harán cargo de canalizar sus necesidades personales. En un entorno judicial, las mujeres se encuentran absolutamente desorientadas y desbordadas por una situación que les supera. En ese momento, además de una buena atención por parte de agentes policiales especializados tienen la de sus abogados, pero tanto las competencias de unos como las de los otros son en muchas ocasiones del todo insuficientes, puesto que cuando salen del juzgado de declarar se encuentran en muchas ocasiones desamparadas.

Esta oficina viene a llenar un hueco importante de atención a las víctimas de delitos en general y de víctimas de violencia de género en particular, pero en este último ámbito debemos recordar que hay que fomentar, también, medidas de prevención que reduzcan los casos en base a la formación y la educación. Precisamente, muchas de las críticas que ha recibido la denominada Ley de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género se han producido en ese sentido. Es decir, si bien ha sido alabada como instrumento necesario para atajar la violencia contra las mujeres por haber supuesto el reconocimiento de que no se trata de un problema privado, sino social, de derechos humanos, afronta el problema desde una perspectiva en exceso judicial y se sigue echando de menos medidas de carácter preventivo. En cualquier caso, bienvenidas sean las (OAVD).

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