El Tribunal Constitucional (TC) ha rechazado los recursos contra la prisión provisional del exlíder de la Asociación Nacional Catalana (ANC) Jordi Sànchez y del presidente de Òmniun Cultural, Jordi Cuixart, una decisión que abre el camino para que acudan al Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH).
Se trata de la primera vez, según precisan fuentes jurídicas a Efe, que el tribunal de garantías se pronuncia sobre el fondo de las prisiones provisiones de los acusados en el juicio del “procés”.
Una decisión tomada por unanimidad y que se produce en medio de la celebración del juicio en el Tribunal Supremo, en el que algunos de los acusados ya resaltaron en Sala la supuesta tardanza del TC en resolver sus recursos, conscientes de que el Constitucional es su último paso para acudir a Estrasburgo, como así pretenden.
Ahora, con esta sentencia, se abre esa vía.
En la resolución, que recoge abundante jurisprudencia del TEDH, el TC considera que no se han vulnerado sus derechos fundamentales porque los Jordis tuvieron la oportunidad, en sus respectivos recursos de apelación, de discutir las circunstancias de riesgo de fuga y destrucción de pruebas alegadas por la jueza Carmen Lamela para enviarles a prisión.
Es decir, que tuvieron “plena oportunidad de contrarrestar todos los argumentos consignados en el auto”.
Las fuentes destacan la importancia de esta decisión al ser la primera vez en la que se estudia el fondo del asunto recurrido en el caso del “procés” dado que hasta la fecha todos los recursos de amparo que se han fallado han sido por considerarlos prematuros o extemporáneos pero sin llegar a entrar en el fondo.
Los Jordis fueron los primeros en entrar en la cárcel, el 16 de octubre de 2017, y también los primeros en recurrir ante el Tribunal Constitucional, que finalmente ha decidido avalar la decisión de Lamela por considerar que está razonada.
Precisamente el supuesto encallamiento de los recursos de amparo en el Tribunal Constitucional fue el argumento que esgrimió Jordi Sànchez, junto a los exconsellers Jordi Turull, Josep Rull y Joaquimm Forn, cuando se declararon en huelga de hambre, una situación que duró unos veinte días.
En un primer momento, el TC contempló decidir primero sobre la situación de prisión del exvicepresidente de la Generalitat Oriol Junqueras, cuyo recurso se llegó a estudiar en un pleno, si bien dada la complejidad que presentaba por los derechos humanos que según el recurrente se vulneraron, el recurso se quedó en ‘stand by’. Y así sigue.
Los recursos de los Jordis, sobre los que el TC ya ha decidido, se dirigían contra el auto con el que la entonces juez de la Audiencia Nacional Carmen Lamela les envío a prisión el 16 de octubre de 2017, y el que dictó días después, el 6 de noviembre, la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, ratificando la decisión de la magistrada.
Sánchez consideraba en sus recursos que la decisión de la Audiencia Nacional había vulnerado una serie de derechos fundamentales, al igual que Cuixart, que añadió la lesión de a la libertad personal por ausencia de la ponderación de la vinculación de los hechos con la libertad de expresión y los derechos de reunión y manifestación.
Por su parte, la defensa de la expresidenta del Parlament Carme Forcadell decidió el pasado martes presentar una demanda al TEDH contra su situación de prisión provisional sin esperar al pronunciamiento del TC, como han hecho sucedido con los Jordis.
El TC no ha resuelto todavía el recurso de Forcadell, condición previa para acudir a Estrasburgo, que exige que se agote primero la vía judicial interna antes de acudir a la europea.
El pasado mes de septiembre, el TC resolvió denegar la suspensión cautelar de la medida de prisión provisional de Forcadell, pero a la espera de resolver en sentencia sobre el fondo de la cuestión, lo cual está pendiente.