Si la cifra no hubiera sido tan cuantiosa, si, por ejemplo, arreglar el motor de su coche le hubiera costado unos 1.000 euros, posiblemente Gemma no habría emprendido la batalla legal contra Egarvia que emprendió y que ha llevado el abogado Ricard Hijós en su representación. Pero la "broma" era de más de 8.000 euros y emprendió la lucha en los tribunales, y ha ganado. La empresa municipal de grúas, Egarvia, le destrozó el motor del automóvil al retirárselo y tiene que pagarle los desperfectos, aquellos 8.000 y pico euros que ella se gastó en la sustitución del motor del automóvil.
"Estimo íntegramente" la demanda de Gemma contra la mercantil Egarvia y, en consecuencia, "condeno a la parte demandada a pagar a la actora la suma de 8.061,46 euros, más los intereses legales devengados y con expresa imposición de las costas procesales a la parte demandada". Eso es lo que dice el fallo condenatorio, del juzgado de primera instancia número 3 de Terrassa, pero hasta ese pronunciamiento firme que cierra el caso galopan las vicisitudes personales de una terrassense a la que el gasto extraordinario de tamaña reparación ha ocasionado sinsabores económicos, cómo no.
Esta historia judicial de David contra Goliat hunde sus raíces en el 26 de junio del 2017. Gemma había aparcado su coche, un Volkswagen Golf, en la calle de Mossèn Josep Moncau, en La Cogullada. No estacionó de manera debida, reconoce. "Aparqué junto a un vado permanente y ocupaba medio metro de ese vado. No había problemas para la entrada y salida de vehículos, pero sí, estaba mal aparcado", admite. Ese no fue el problema, añade.
Estuvo ausente unos veinte minutos. Cuando volvió a aquel punto de la calle de Mossèn Josep Moncau, el Golf ya no estaba allí. En su lugar, el temido adhesivo verde. Eran las 4.45 de la tarde. No estaba lejos del depósito de Egarvia y se dirigió a ese local, situado en la calle de Sant Sebastià, en Segle XX.
No arrancaba
No habrían hecho sino descargar allí el turismo cuando llegó la afectada. Pagó lo que le tocaba pagar y se dispuso a arrancar el vehículo. Pero el vehículo no arrancaba. "Emitía un ruido extraño, como de coche viejo, algo que nunca había hecho". Un trabajador de Egarvia le aconsejó "apretar el embrague", pero no había manera.
El propio operario trató de poner en marcha el turismo, pero nada. Gemma llamó a su compañía de seguros. Llegó un trabajador del servicio para intentar poner él en marcha el automóvil. Y nada. Tuvieron que transportarlo en una grúa para, al día siguiente, revisarlo en la casa Volkswagen.
El diagnóstico primero de los mecánicos ya apuntaba al estropicio realizado por la grúa municipal: "Me dijeron que el coche no tenía compresión en los cilindros". Se imponía cambiar el motor. Seguramente el daño lo había ocasionado la grúa al arrastrarlo sin patines, de forma incorrecta. En la demanda de reclamación de cantidad que puso después, la damnificada sostuvo que los daños se produjeron cuando el gruista cargó el automóvil en la plataforma de la grúa y llevó a cabo para ello "una maniobra incorrecta consistente en la falta de utilización de patines de ruedas".
Las ruedas motrices del Golf se desplazaron de manera indebida por su contacto con el suelo y se desplazó el cigüeñal "con la consiguiente desincronización de éste con el árbol de levas que gestiona la apertura y cierre de las válvulas del motor".
¿No se puede arreglar?, preguntó Gemma a los mecánicos de la firma del coche. No, le contestaron, hay que cambiar el motor entero. La perjudicada decidió buscar una segunda opinión y un mecánico le corroboró lo dicho por sus colegas. Lo mejor era sustituir el motor por otro. Cuando la grúa arrastró el coche por la parte trasera se provocó el superlativo destrozo.
Gemma pidió en Egarvia una hoja de reclamaciones, reclamó por vía interna y esa queja cayó en saco roto: "El Ayuntamiento me respondió por correo electrónico. Dijo que había repasado la hoja del servicio y todo era correcto. Yo informé de que la avería era grave y solicité que enviasen a un perito. Me reiteraron que todo era correcto". Fue ella la que contrató a un perito y avisó de la posibilidad de emprender acciones legales, y el perito dijo lo mismo que le habían dicho los mecánicos. Cambió el motor y el perito estuvo presente en la sustitución. Y acudió a un abogado, Ricard Hijós, para pulsar si entablar un litigio contra Egarvia era viable. Lo era. En febrero del 2018 presentó la demanda. "El cambio del motor me costó mucho dinero", indica la mujer. "Hay cosas que durante este tiempo no he podido hacer y que podría haber hecho sin ese percance. Aquello fue un gasto muy grande con el que no contaba". No se trataba de un simple rayajo en la chapa. "Me dio mucha rabia", recuerda Gemma.
Por ejemplo, no pudo amortizar la hipoteca de su vivienda en el 2017 y en el 2018.
No las tenía todas consigo en el desarrollo del pleito. La empresa municipal demandada se opuso a la reclamación en sede judicial. Sostenía que no había nexo causal entre el servicio de la grúa y los daños, toda vez que las maniobras de carga del vehículo se hicieron "de forma correcta" mediante la elevación de la parte delantera del automóvil con un gato hidráulico y la colocación de ruedas para transportarlo. El traslado y la descarga acontecieron con toda normalidad, según se defendió Egarvia.
La compañía no negaba la avería, pero alegaba que se pudo deber a un inadecuado mantenimiento del vehículo "previo al remolcaje" o bien pudo registrarse una avería casual coincidente en el tiempo con la retirada por parte de la grúa. Y si en realidad fue la grúa la que ocasionó aquello, Egarvia se ofrecía a pagar 3.280 euros por la reparación, pues consideraba que el motor se podía arreglar.
Había informes periciales que apuntaban a lo contrario. Un perito aportado por la demandante dejó claro que la grúa desplazó el coche con el motor parado y una marcha engranada sin utilizar ruedas auxiliares para tal desplazamiento. Al mover así el eje motriz, el tensor hidráulico de la cadena de distribución no actuó debidamente, se destensó y se dio la desincronización del cigüeñal con el árbol de levas. Los pistones impactaron contra las válvulas del motor en su carrera ascendente cuando la conductora quiso arrancar el coche. Un perito de Egarvia descartó esa versión y argumentó que el vehículo tenía mecanismos como el sistema de suministro de aceite y el muelle interno del tensor hidráulico "que evitan la falta de presión de dicho tensor de la cadena de distribución". El fallo del motor se hubiera producido también, de ser cierto el informe de la demandante, con un giro sin estar el motor en marcha.
La magistrada descarta esos argumentos y da validez a los otros, los del perito de la parte demandante. Y ese perito explicó "con toda claridad" cómo la desincronización de partes del motor "únicamente puede tener lugar por un movimiento de éste sin la necesaria tensión de la cadena de distribución al estar parado el motor con una marcha engranada", o bien por una falta de tensión de la cadena o del muelle como consecuencia del desgaste. Esta segunda circunstancia no es aplicable, pues el perito comprobó en el taller "el correcto estado de mantenimiento de todos los elementos".
En perfecto estado
La legal representante del concesionario aseveró que el automóvil estaba en perfecto estado. La sentencia destaca que el informe emitido por el servicio de la grúa no constaba en autos y nunca fue exhibido a la demandante, lo que pone de relieve "una falta absoluta del rigor que es exigible a una prueba de carácter técnico".
"Se consideran en este caso más objetivas y racionales las conclusiones expuestas por el perito" de la parte demandante, agrega la resolución. La tesis de que la grúa desplazó el coche hacia atrás para engancharlo es la más razonable e incluso fue corroborada por un perito (de Egarvia) "tras hablar con los operarios de la grúa".
Hubo "una acción negligente" en las maniobras de arrastre que está "causal y directamente conectada con los daños", determina la magistrada. Además, la sentencia subraya que la simple reparación del motor no era aconsejable, a la vista de los graves daños. La representante del concesionario y el perito de la demandante, los únicos que examinaron el estado real del turismo tras el siniestro, afirmaron "que la reparación parcial del motor no hubiera asegurado un funcionamiento correcto del mismo", además de que el fabricante no la permitía. El motor malogrado debía ser sustituido por otro nuevo, aunque el coche tuviese siete años.
Préstamo de un coche
"Estimo íntegramente, por estimación sustancial de la pretensión, la demanda formulada a instancia de Doña Gemma", concluye la sentencia en su fallo.
Aquel verano, el del 2017, a Gemma le dejaron un coche. Sin ese préstamo, se hubiese visto obligada a alquilar un vehículo. En septiembre le cambiaron el motor del suyo, en octubre pudo disponer de nuevo de su Golf que una grúa le había desgraciado. Pagó más de 8.000 euros que Egarvia le ha restituido. En el tramo de la calle de Mossèn Josep Moncau donde estacionó el 26 de junio del 2017 no ha vuelto a aparcar su coche. "Cuando lo dejo por esa zona lo aparco bien, siempre, y mantengo el espacio suficiente para que una grúa lo pueda agarrar por la parte delantera", concluye, con la media sonrisa del alivio y la victoria.