Las cámaras de vigilancia captaron a la acusada realizando operaciones en el banco con la cartilla de la abuela a la que cuidaba. Negarlo, ella no lo negó, pero aseguró que la hija de la anciana le había dado permiso para sacar dinero. No fue así, a tenor de lo dictaminado por la Justicia. La cuidadora ha sido condenada por estafa a un año, nueve meses y un día de prisión y a pagar a la víctima 6.490 euros, la cantidad defraudada según las sentencias.
El procedimiento abreviado se abrió en el juzgado de lo penal número 3 de Terrassa en el 2016 y ese órgano judicial dictó en septiembre del 2017 la sentencia condenatoria: la cuidadora era culpable de una estafa, con la circunstancia agravante de abuso de confianza por sacar provecho de su trabajo y de la relación con la familia para conseguir dinero extra. Más de seis mil euros.
Ella negó los cargos. Alegó que la familia había consentido que usase la cartilla para hacer frente a gastos derivados del cuidado. Según su defensa, la falta de consentimiento no estaba probada, ni se acreditó que el duplicado de la libreta bancaria se hubiese realizado mediante engaño.
Con esos argumentos como sustento principal, la letrada presentó un recurso ante la Audiencia Provincial contra la primera resolución. Y lo perdió, pues la sección segunda del órgano provincial ha corroborado la sentencia del juzgado de lo penal terrassense. La prueba fue "correctamente valorada" y se correspondía con lo declarado por la acusada y los testigos.
La cuidadora luego convertida en procesada se defendió. No negó ser la autora de las extracciones de dinero, pues bastaba con visionar las imágenes de seguridad del banco para cerciorarse de ello.
Reconoció que ella iba al banco, pero afirmó que la hija de la abuela le otorgó autorización para hacer frente a los gasto. ¿Y qué dijo la aludida? La hija desmintió a la implicada con rotundidad. Nada de eso: ella (la hija) y su hija, la nieta de la víctima, eran quienes afrontaban los gastos de su madre. La nieta declaró que cada semana entregaba personalmente una cantidad de dinero a las cuidadoras de su abuela para comprar cosas. Precisamente, la acusada había entrado a trabajar en aquel domicilio porque conocía a la nieta de la víctima. Los hijos de una y otra compartían colegio.
El duplicado de la cartilla
Había otro argumento para desmontar el alegato de descargo de la incriminada: la hija dijo que las libretas estaban en su casa, y que la acusada fue con la abuela al banco para obtener el duplicado del que luego hizo uso. La Audiencia Provincial de Barcelona ratifica la concurrencia del agravante de abuso de confianza, puesto en duda por la defensa en su recurso.
Sí, la procesada abusó de la confianza para defraudar 6.490 euros a la anciana, según establece como probado la Justicia.
Entre la asistenta y la víctima se estableció una relación especial de familiaridad, pues la acusada consiguió aquel trabajo por recomendación de la nieta. Hasta que saltó la liebre de la estafa y fue denunciada por depauperar a la mujer mayor a la que cuidaba.