Terrassa

Golpeó a su pareja con un cinturón y le mordió en la cara

Discutieron porque ella habló por teléfono con otra persona. Él la agarró del pelo, le dio puñetazos en las costillas, y tomó un cinturón y le asestó un correazo, para luego morderle en el rostro. La mujer sufrió múltiples lesiones. El agresor ha sido condenado a siete meses de prisión y a una orden de alejamiento. La indemnización por las lesiones ha sido fijada en 300 euros. La Audiencia Provincial de Barcelona habla de un episodio de "extremada violencia".

La pareja vivía en un piso de Terrassa. Para la Justicia, no queda probado que durante el periodo de convivencia, entre febrero del 2016 y octubre del mismo año, el hombre sometiese a la mujer a agresiones periódicas y a insultos. Sí está acreditado un hecho: el 31 de octubre, a eso de las cuatro de la madrugada, el acusado y la víctima iniciaron una discusión porque ella había mantenido una conversación telefónica por el teléfono móvil con otra persona.

Entonces, en plena disputa, el procesado cogió a su pareja del cabello "y le propinó varios golpes en el rostro y puñetazos en las costillas", según una sentencia del juzgado de lo penal número 2 de Terrassa luego ratificada por la Audiencia Provincial de Barcelona. La agresión prosiguió con el cinturón. Él se lo enrolló en una mano y propinó a la víctima con fuerte golpe en el brazo izquierdo. Acto seguido, le dio un mordisco en el lado izquierdo de la cara.

Estas fueron algunas de las lesiones padecidas por la agredida: eritemas en ambos párpados y detrás de una oreja, hematoma en la mandíbula izquierda, erosiones, hematoma en el pecho, tres más en la axila izquierda, otro en la derecha, otros en las costillas y en el brazo izquierdo, y múltiples hematomas de menor tamaño en el antebrazo y la mano izquierda, en las piernas y en el cuero cabelludo. La curaron en un hospital y tardó en sanar siete días.

El caso llegó al juzgado de violencia sobre la mujer de Terrassa, que el 2 de noviembre del 2016 dictó un auto para prohibir al acusado que se acercase a menos de mil metros de la víctima durante la tramitación de la causa y hasta que hubiese sentencia. Y hubo sentencia. Ésta, del juzgado de lo penal número 2, impuso al procesado una pena de siete meses de prisión y un año de alejamiento, y la indemnización de 300 euros.

El hombre argumentó que él no causó daño alguno a la mujer. ¿Cómo se hizo, pues, las lesiones? "El acusado no da ni puede dar explicación satisfactoria respecto de la causa de las evidentes lesiones" presentadas por la agredida, señala el tribunal. Es imposible, añade, que ella se las causase y, por tanto "la excusa que da el acusado es absolutamente increíble". Por contra, la declaración de la víctima es coherente en todo momento y viene corroborada por los informs de las lesiones y por las fotografías de las mismas.

La declaración de ella "presenta una credibilidad que en ningún caso puede quedar desvirtuada por la simple negación de los hechos" por parte del acusado, manifiesta la Audiencia Provincial. La prueba de cargo, agrega, es "más que suficiente" para desvirtuar la presunción de inocencia y acreditar la culpabilidad del procesado como autor de un agresión que denota "una extremada violencia".

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