Primero quiso llevarse de un súper dos botellas de licor al descuido, pero la cosa se tornó fea y violenta. Tanto, que el hurtador fue al final atracador, pues amenazó a dos empleados con reventarles la cabeza mientras levantaba, amenazador, una de las botellas. El delincuente ha sido condenado a un año y tres meses de prisión por un delito de robo con intimidación. En tentativa, porque lo detuvieron unos mossos a los pocos segundos.
El acusado, de origen marroquí, entró el 25 de abril del 2016 en un supermercado de la carretera de Castellar. Eran las 8.45 de la tarde cuando el sospechoso agarró dos botellas de bebidas alcohólicas y se dirigió con ellas a la línea de cajas. Quería llevarse los artículos sin abonar su importe. Un vigilante y una empleada lo pillaron en su intentona y le requirieron que devolviera las botellas impagadas.
Cazado poco después
Al principio parecía que el tipo se avenía. Puso los recipientes junto a una de las cajas registradoras, pero instantes después agarró una de ellas y la levantó contra el vigilante y la trabajadora. Les espetó varias veces "te voy a reventar la cabeza" a modo de amedrentamiento. El ladrón huyó con un botín parcial: con una de las botellas. Lo cazaron unos mossos d’esquadra poco después, en la calle, nada más salir del súper. Los agentes recuperaron el producto sustraído, que el sujeto portaba en la mano.
El juzgado de lo penal 2 de Terrassa condenó al acusado por un delito de robo con intimidación en establecimiento abierto al público y con uso de objeto peligroso, en grado de tentativa. La pena fue de un año y un mes de prisión, pero el procesado recurrió la sentencia ante la Audiencia Provincial; su defensa alegó falta de violencia o intimidación determinante, y una amenaza de menor entidad, pero el tribunal considera evidente la intimidación para perpetrar el robo.
También apeló la empresa, una cadena de supermercados, para pedir una pena más grave por una cuestión técnica relacionada con la aplicación de la pena por el robo con intimidación en tentativa. Y la Audiencia Provincial estima parcialmente el recurso de la cadena y establece la pena en un año y tres meses de prisión, dos meses más que la primera resolución.