Los exconsellers Jordi Turull y Josep Rull y el diputado de JxCat Jordi Sànchez han recurrido ante el Tribunal Supremo su procesamiento, argumentando que, a diferencia de su caso, nadie ha sido acusado de sedición por las protestas contra “La Manada”, en las que el ministro tuvo que salir escoltado.
En un auto, al que ha tenido acceso Efe, la defensa de los tres acusados ha recurrido al Supremo el auto del juez Pablo Llarena para procesarlos por los delitos de rebelión y malversación, en un escrito en el que defienden que las concentraciones del 1-O o del 20 de septiembre pasado ante la consellería de Economía son “actos legítimos de protesta ante actuaciones judiciales”.
En ese sentido, el recurso insiste en que no se tiene noticia de que ningún miembro de plataformas antidesahucios haya sido procesado por sedición por las concentraciones para evitar lanzamientos, pese a que “en algunos casos se han producido enfrentamientos con la policía y en ocasiones se ha impedido incluso con éxito la actuación de la comisión judicial”.
Del mismo modo, en su escrito, el abogado Jordi Pina subraya que “tampoco consta que se haya procesado a nadie por sedición en los recientes hechos de protesta ciudadana por la sentencia del caso de la denominada ‘Manada'”.
Sin embargo, recalca el recurso, esas protestas por la sentencia de la Audiencia de Navarra “han tenido lugar ante tribunales o en presencia incluso del ministro de Justicia, a quien se dificultó la salida de la sede de un colegio de abogados”, que tuvo que abandonar “escoltado mientras era increpado por centenares de manifestantes”.
“Estamos, por tanto, ante una calificación absolutamente desmesurada que solo parece poder explicarse por el contexto político que subyace a tales hechos”, añade el abogado, que aduce que si la intención de los concentrados el 20 de septiembre ante la consellería de Economía hubiera sido “alzarse o sublevarse violentamente, la sede oficial habría quedado sencillamente arrasada”.
El recurso de Jordi Pina niega también que las concentraciones del 1-O constituyeran un alzamiento violento e insiste en que “las únicas personas que llevaron la iniciativa en el empleo de la fuerza física en aquella jornada fueron los agentes policiales por orden de sus responsables, en algunos casos excediendo de modo claro los límites del cumplimiento de sus deberes”.
La defensa de Turull, Rull y Sànchez reprocha al juez que obvie en sus autos la “violencia empleada por los miembros de cuerpos y fuerzas de seguridad del Estado frente a pacíficos ciudadanos que por mayor arma blandían una papeleta electoral”.
En esa línea, recalca el recurso que lo único que pretendían los ciudadanos que participaron en el 1-O era “poder emitir un voto, sin que, una vez culminada la jornada electoral, se persistiera en dichas actuaciones supuestamente violentas. Curiosa rebelión la que se ejerce sin esgrimir una sola arma y marchando los rebeldes pacíficamente a dormir a su casa al final de la jornada”, añade.
La defensa emplaza al Supremo a pronunciarse sobre si mantiene la imputación de rebelión a los líderes del “procés”, toda vez que de ello depende que puedan ser inhabilitados de forma cautelar, de acuerdo a “determinadas interpretaciones no exentas de controversia” del Código Penal.
En relación con la imputación del exconseller Josep Rull, el recurso advierte de que las áreas de Territorio y Sostenibilidad que dirigía “no estaban directamente implicadas en la organización del referéndum” ni en las iniciativas parlamentarias de la hoja de ruta independentista.
Según la defensa, si Rull impidió atracar en el puerto de Palamós (Girona) a uno de los barcos que alojaban los policías destinados a Cataluña para impedir el 1-O fue “por razones operativas”, puesto que los muelles no tenían disponibilidad, “en plena temporada de cruceros”, y habían sido previamente reservados por otras compañías.