El juzgado contencioso-administrativo número 9 de Barcelona ha estimado el recurso presentado por Sociedad Civil Catalana y anulado el acuerdo del Ayuntamiento de Terrassa de adherirse a la Associació de Muncipis per la Independència (AMI) del 23 de julio de 2015. La magistrada Rocío Colorado Soriano firma la sentencia que revoca la resolución y condena a costas al Ayuntamiento hasta un máximo de 300 euros.
La sentencia rechaza la argumentación de la administración local de que su ingreso a la AMI responde al derecho de todos los municipios de asociarse, tal como contempla el Estatut d’Autonomía. El fallo afirma que los ayuntamientos pueden agruparse para defender "el interés común", pero entiende que en este caso "se ha instrumentalizado el propio ente local y se ha provocado una expresión de su voluntad como tal para una finalidad partidista".
Terrassa argumentó en el proceso que la AMI tiene finalidades diferentes y más amplias que la independencia de Catalunya, motivo por el cual el debate no puede ceñirse a ese único aspecto. La sentencia, sin embargo, concluye que el objetivo "esencial" de la AMI "es coadyuvar al proceso independentista catalán", una finalidad "partidista y política" que, además, está "completamente fuera de las competencias municipales, por lo que no es posible que un ayuntamiento o entidad local, como tal y con plena vulneración de la Constitución, participen de ejercicio de esta finalidad".
La jueza reconoce el derecho de los políticos a defender personalmente " la conveniencia, e incluso la necesidad, de la independencia de Catalunya, pero no pueden instrumentalizar las instituciones que dirigen para lograr esa finalidad, porque ello las colocaría en el imposible legal de incumplir la Constitución".
En la instrucción del caso, el juzgado contencioso administrativo número 9 de Barcelona admitió a trámite la demanda de Sociedad Civil Catalana y desestimó la presentada particularmente por el ex concejal del PP Gabriel Turmo, al entender que carecía de legitimidad al no acreditar un interés individual en la causa.
El Ayuntamiento de Terrassa optó ayer por no responder públicamente a la sentencia. El alcalde Alfredo Vega declinó hacer declaraciones y fuentes municipales se limitaron a confirmar que la administración local no recurrirá el fallo.
Se da la paradoja de que los tribunales anulan la adhesión de Terrassa a la AMI cuatro meses después de que el pleno votara abandonar la entidad. Terrassa dejaba formalmente en noviembre de 2017 de ser la ciudad con mayor número de habitantes que formaba parte de la AMI, plataforma de la que fue miembro integrante, aunque jamás pagó la cuota.
La incorporación de la ciudad a la Associació de Municipis per la Independència fue una de las condiciones impuestas por el PDeCAT al PSC y al entonces alcalde, Jordi Ballart, para el acuerdo de gobierno firmado tras las elecciones municipales de 2015.
Dos años después, la política local dio un vuelco inesperado y los socialistas, incómodos con la adhesión a la AMI, aprovecharon para desmarcarse de la entidad independentista.
En verano de 2017 se rompía el pacto de gobierno y en noviembre de ese mismo año el alcalde Jordi Ballart abandonaba el partido y la alcaldía, dando el relevo a Alfredo Vega. El pleno de ese mes aprobó la salida de la AMI mediante una moción del PP que contó con los votos del PSC y de Ciutadans, que ayer celebraba la sentencia en un comunicado.
Sorpresa
La sorpresa llegó cuando, unos días después, la entidad se negó a aceptar la baja de Terrassa, al entender que la salida debía tramitarse por el mismo número de concejales que la entrada, es decir, mayoría absoluta. En 2015 dos de los 9 concejales socialistas se abstuvieron y la adhesión salió adelante con 15 votos (PSC, ERC-MES, PDeCAT y la CUP). En la salida, el PP sumó los 9 ediles socialistas y los 3 de Ciutadans, en total 13, uno por debajo de la mayoría absoluta.
En este momento, la vinculación de Terrassa a la AMI sigue tan confusa como en 2015. El gobierno municipal, que en enero comunicó oficialmente su baja a la entidad municipalista, defiende que está fuera después de resolver tanto la entrada como la salida por el mismo mecanismo: un acuerdo de pleno.
La AMI no ha vuelto a pronunciarse públicamente, pero el nombre de la ciudad de Terrassa, que hace semanas desapareció de su listado de municipios adheridos, vuelve a figurar en la página web de la entidad.
La actual sentencia del juzgado de lo contencioso-administrativo 9 de Barcelona no es la primera que suspende la adhesión de un municipio catalán a la AMI. Otros juzgados han dado la razón a Sociedad Civil Catalana cuando recurrió las resoluciones del Ayuntamiento de Reus o de la Diputación de Tarragona.