Terrassa

Absuelven al Ayuntamiento de pagar por una caída en el Parc de la República

Fermín estaba sentado en un banco del Parc de la República. Se levantó y cayó al suelo. Él explicó que perdió el equilibrio y sufrió un esguince y una contusión porque pisó una superficie sin baldosas. Y reclamó al Ayuntamiento una indemnización de 2.695,20 euros. La Justicia no le da la razón.

Ha perdido la demanda que presentó en febrero del 2017 contra el Ayuntamiento de Terrassa, que había rechazado sus peticiones de responsabilidad civil por el accidente ocurrido el 20 de octubre del 2015. En aquella fecha, a las 12.35 del mediodía, el demandante se cayó al levantarse de un banco en la referida plaza situada junto a la Rambla de Francesc Macià, en el barrio de Sant Pere Nord.

La causa, según sostuvo, fue la inexistencia de baldosas en aquella zona, justo delante del banco. Una ambulancia llevó al paciente a un hospital. Padeció un esguince en el tobillo izquierdo y una contusión en la rodilla derecha y reclamó al Consistorio los 2.695,20 euros; por treinta días de baja impeditivos y por treinta más no impeditivos.

El Ayuntamiento se opuso a la petición del ciudadano y este decidió pasar de la vía meramente administrativa a la contencioso-administrativa. Se verían en los tribunales. El caso recayó en el juzgado de lo contencioso-administrativo número 4 de Barcelona, que concede la razón a la administración municipal. Sugiere que el defecto en el pavimento era sorteable.

Evitable
"Cabe concluir que la causa de la caída no fue tanto la ausencia de varias baldosas en el suelo, cuando la desatención de la víctima", dice la magistrado. O sea: el hueco en el suelo seguramente era visible y lo podía haber eludido.

No se discute que hubiese una caída. Lo discutible es que el Ayuntamiento sea el responsable, indica la sentencia. De la prueba practicada, de la dinámica del accidente y de la ubicación del hueco "no puede considerarse que el elemento defectuoso existente no resultara visible y, con ello, evitable".

La Administración no es una aseguradora universal, afirma la resolución judicial, que no puede condenar al Ayuntamiento de Terrassa "aun lamentando humanamente los daños" sufridos aquel día por la parte demandante. Su recurso, pues, es desestimado y el Consistorio se libra de pagar la indemnización reclamada.

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