Primero él explotó el negocio, un bar con panadería radicado en La Maurina. Llegó a pedir un préstamo para reformarlo. Luego trabajó en el establecimiento con su hija con la intención conjunta de traspasárselo. Cambiaron el rótulo del local para que figurase el nombre de ella y el padre fue dado de alta como empleado. Acordaron un despido improcedente, él cobró subsidio de desempleo y en marzo del 2015 se jubiló. Semanas antes se había desatado una disputa familiar y el traspaso se truncó. El progenitor inició un litigio para desalojar a su hija del local, pero lo ha perdido. La Justicia afirma que hubo cesión verbal del local.
El demandante se hizo cargo del bar en marzo del 2009. Él era el titular del establecimiento y de la licencia, y de los contratos de suministro. Con su exesposa solicitó un préstamo bancario para reformar el lugar, un crédito que seguía pagando durante el pleito. La Audiencia Provincial dice que el hombre "llegó a un acuerdo con su hija, la demandada, en el sentido que ambos trabajaran en la panadería". Más adelante, si a ella le interesaba quedarse con el negocio, procederían al traspaso y al alquiler.
Padre e hija tenían una cuenta bancaria en común. En el 2012, el letrero del establecimiento pasó a llevar el nombre de ella. Él continuaría en el negocio como trabajador, con la voluntad de efectuar el traspaso cuando se retirase de la vida laboral. La hija aparece como titular del establecimiento desde septiembre del 2012. Dos meses después el demandante fue dado de alta como empleado con contrato indefinido a tiempo parcial.
Entre noviembre del 2013 y septiembre del 2014, el trabajador causó baja por incapacidad temporal. En octubre las dos partes se enfrascaron en un juicio por despido improcedente. Al final se avinieron en ese terreno y el hombre pudo percibir la prestación por desempleo hasta marzo del 2015, cuando pidió la jubilación. Un mes antes había saltado la disputa familiar que impidió la firma del traspaso.
El padre interpuso una demanda de desahucio por precario, figura jurídica que alude a la tenencia o disfrute de cosa ajena sin pago de renta, ni razón de derecho, en base sólo a la tolerancia del titular; es el propietario quien puede poner fin a esa tenencia. El demandante sostenía que su hija ocupaba el inmueble sin título. Ella replicó que había llegado a un acuerdo de traspaso y abonado la cantidad pactada. Llegó el juicio, y el juzgado de primera instancia número 5 de Terrassa desestimó las pretensiones del litigante al considerar probada la realidad de la cesión verbal, y condenó al padre a pagar las costas.
El demandante persistió en su lucha legal y presentó un recurso ante la Audiencia Provincial, que también ha dado la razón a su hija. El tribunal argumenta que la "ocupación" va más allá "de la mera tolerancia" y deriva "de una cesión o traspaso verbal". Se dio una especie de convenio para un préstamo de uso por tiempo determinado, hasta que el padre se jubilase. Se trata de una modalidad regulada.
Y a pagar las costas
No se trata de un desahucio por precario, según el tribunal, pues en ese caso la posesión tolerada no tiene determinación en el tiempo, ni en el uso ni en el precio, y puede acabar cuando lo decida el propietario. En el litigio entre el padre y la hija por un negocio en La Maurina las condiciones eran distintas.
El padre demandante no puede recuperar su local y además debe pagar las costas de la segunda instancia del litigio que emprendió contra su hija.