"No se entiende cómo un hierro que estaba en el suelo puede llegar a perforarle el ojo al recurrente". Ese es uno de los pasajes más duros con que despacha un tribunal el litigio que un hombre ha mantenido con el Ayuntamiento por un accidente ocular en una instalación municipal. Reclamó casi 40.000 euros (39.798,99) de indemnización al Consistorio, y ha perdido, de momento. Según la sentencia, del juzgado de lo contencioso administrativo número 9 de Barcelona, el recurrente no tiene derecho a percibir nada del Ayuntamiento y, además, debe pagar las costas del juicio.
Lo que fuere que pasó tuvo lugar en la pista polideportiva de Vilardell, en la avenida de Madrid, el 14 de febrero del 2012. Eran las cinco de la tarde, minuto arriba minuto abajo. En su escrito de reclamación patrimonial, presentado el 25 de julio del mismo año, el demandante dijo que estaba limpiando la zona cuando un hierro de una valla que estaba suelto, y en el suelo, le perforó el ojo. Eso dice la sentencia, para a renglón seguido soltar lo referido: "del relato de hechos no se entiende cómo un hierro que estaba en suelo puede llegar a perforarle el ojo al recurrente".
Luego, la resolución judicial repasa el escrito que el demandante presentó el 14 de enero del 2013, donde explicaba que se encontraba con su familia en la pista cuando un hierro suelto de la valla le perforó el ojo. Así, recalca la sentencia, resultó que en ese segundo escrito el demandante no indicaba que estuviera haciendo labores de limpieza, sino que se encontraba con sus familiares "y el hierro estaba suelto pero no en el suelo".
Explicación
Tampoco, añade la juez, explica por qué estaba en aquel punto del polideportivo "y cómo se produjo exactamente la lesión". Luego, finiquitada la vía administrativa tras las negativas del Consistorio a estimar la pretensión, el damnificado interpuso una demanda; alegaba "que estaba realizando tareas de limpieza en colaboración con el servicio de mantenimiento del polideportivo, cuando un hierro que estaba suelto le perforó el ojo", dice la juez. Un testigo manifestó que no vio con exactitud lo ocurrido, pero después le comentaron que el herido se había lesionado el ojo cuando intentaba arreglar la valla. Se pinchó con un alambre suelto.
El hombre sufrió un traumatismo ocular con perforación del ojo derecho, y la lesión le afectó a la córnea, el iris y el cristalino, "provocando catarata traumática e iridectomía (extirpación parcial del iris) periférica inferotemporal", según la demanda. El herido estuvo doce días hospitalizado y 323 días de baja no impeditiva.
El hombre consideraba que el accidente se debió al deficiente mantenimiento de la valla, por lo que la administración municipal era responsable y debía pagarle indemnización. El Ayuntamiento se opuso a las pretensiones del afectado, alegando que no quedaba probado cómo habían ocurrido los hechos y que el demandante había asumido el riesgo de reparar la valla. La administración municipal argumentó también que desconocía la existencia del desperfecto y que llevaba a cabo tareas de mantenimiento. Por último, si prosperaba la reclamación, el Consistorio alegaba que la petición monetaria era excesiva. A la vista de las diversas versiones, la juez dice desconocer cómo se produjo el accidente, y si el hombre estaba solo o en compañía de su familia, si hacía labores de limpieza o si trataba de reparar la valla "por su cuenta y riesgo". Si limpiaba, no se sabe en virtud de qué título o contrato, "ya que no se aporta ningún documento que acredite la relación entre el recurrente y el polideportivo".
Prueba
No se sabe cómo acaeció la perforación, "si por un hierro que se encontraba en el suelo" o por un hierro suelto en la valla, "como se aprecia en las fotografías aportadas en el expediente administrativo". La sentencia no niega la lesión padecida, pero se pregunta "cómo es posible que un hierro que se encontraba en el suelo pueda perforar el ojo al recurrente".
Así, no ha quedado probado el modo en que ocurrió el "desgraciado accidente", afirma la resolución, "al objeto de valorar la responsabilidad del Ayuntamiento". Todo indica que el hombre intentó reparar la valla, no comunicando la anomalía al polideportivo para que la reparase y asumiendo él mismo el riesgo de la reparación. Esa posibilidad es la de más peso. Responsables del mantenimiento había arreglado la valla en varias ocasiones, pero los niños la rompían para acceder al terrado, según manifestó un testigo. El Consistorio, además, acreditó que en el 2011 y el 2012 había llevado a cabo trabajos de mantenimiento en la pista.
"Por todo lo expuesto, pese a la gravedad de las lesiones sufridas por el recurrente, nos encontramos ante un desgraciado accidente en el que el Ayuntamiento no es responsable", declara la juez; no se ha probado cómo se produjeron los hechos "ni la relación de causalidad entre el daño producido y la actuación administrativa". Así las cosas, la sentencia desestima la demanda y condena al demandante a pagar las costas del juicio hasta un límite de 600 euros.