Se hizo pasar por empleado de mantenimiento del hotel después de burlar la vigilancia de empleados de verdad, subió a una habitación y allí atacó con fiereza a una clienta, a la que clavó un bolígrafo en un ojo y dejó medio tuerta. No la conocía de nada. Le tocó a ella, que venía de Taiwan y se alojaba en Terrassa de modo circunstancial, recibir aquella noche la acometida de un hombre que ha sido condenado a internamiento médico porque padecía un brote psicótico producido por su adicción a la cocaína. Deberá permanecer ingresado en régimen cerrado como "medida de seguridad" durante un plazo máximo de cuatro años y seis meses.
Eran las 11.30 de la noche del 24 de octubre del 2014. La mujer, de 41 años, dormía en una habitación del Hotel Don Cándido. El asaltante, de 25 años, entró en el establecimiento, fue hacia la recepción y dijo que había hecho una reserva, pero la reserva no aparecía en el registro, y así se lo hicieron saber. He hecho el trámite por internet hace unos momentos, apuntó él. Quizás por eso no había sido detectada aún la reserva de plaza, añadió.
Un café con leche
Pidió un café con leche, lo consumió, pagó lo que costaba, salió del hotel. Pero porfió y entró de nuevo. Preguntó por su reserva y le contestaron que nada había. Él sacó un teléfono móvil y, disimulando, caminó hacia la zona de los lavabos.
Los trabajadores lo controlaban, pues el comportamiento de aquel tipo era más que sospechoso, pero lo perdieron de vista cuando se adentró en un ángulo sin visibilidad. Fueron a los servicios, sin embargo, cuando notaron que tardaba demasiado en salir. Pero no estaba allí. Luego lo vieron cruzar el vestíbulo. Un trabajador del hotel se interpuso en su camino y le preguntó de dónde salía. Él volvió a disimular, pidió perdón porque se había equivocado y se marchó del establecimiento.
Y esto fue lo que pasó en el intervalo, entre el momento en que los empleados perdieron de vista al sospechoso y el momento en que lo vieron atravesar el hall: el sujeto llamó a la puerta de una habitación con insistencia y despertó a la huésped. Dijo varias veces que era trabajador de mantenimiento del hotel, que debía entrar a reparar el baño. Ante la insistencia, la mujer abrió.
El intruso entró en el cuarto de baño, pero estuvo en esa estancia unos segundos. La huésped cogió el telefóno para contactar con recepción, para aclarar aquello. Ella no había pedido ninguna reparación. ¿Qué pasaba?
Golpe en la espalda
Él salió del baño y se dirigió al dormitorio. La víctima llamaba por teléfono. Pronto sintió el golpe en la espalda, que la hizo caer al suelo. Transida de estupor, vio al tipo encima de ella. Llevaba un bolígrafo que le clavó en la cara varias veces. Varios impactos los sufrió en los ojos. El boli le perforó el izquierdo.
El agresor emprendió la huida. La mujer salió como pudo del cuatro y bajó a pedir auxilio al vestíbulo, donde la vieron los empleados del hotel, donde habían visto pasar poco antes al sujeto de la reserva, del café con leche, del móvil. Ataron cabos: el intruso aquel, el individuo de extraña actitud, se había colado en una habitación y atacado con saña a aquella clienta.
Llegaron agentes de los Mossos d’Esquadra, que hablaron con los testigos y llevaron a cabo una investigación exprés para dar con el atacante mientras la víctima era atendida en el Hospital de Terrassa. La operaron de urgencia. El sospechoso, un joven de origen dominicano, fue detenido horas después de la salvaje agresión. Los mossos no tardaron en saber quién era. Lo pillaron en el domicilio de su pareja, escondido en el balcón.
El detenido pasó a disposición judicial pocas horas después e ingresó en prisión preventiva. El fiscal lo acusó de un delito de lesiones con pérdida de órgano principal y en sus conclusiones provisionales pidió la imposición de una pena de doce años de prisión y una indemnización, como mínimo, de 47.000 euros. Pero luego modificó sus conclusiones de manera significativa, dejando la pena casi en una tercera parte de la petición inicial y propiciando así la conformidad del acusado, que aceptó la incriminación y la sentencia. Una sentencia que estima una circunstancia eximente incompleta de alteración psíquica.
"En el momento de los hechos el acusado tenía sus capacidades volitivas gravemente afectadas por el padecimiento de un brote psicótico ligado al consumo de sustancias estupefacientes", dice el tribunal de la Audiencia Provincial que le ha impuesto el internamiento. El condenado tomaba cocaína, sustancia a la que le ligaba una dependencia psicológica, y el exceso de coca desencadenaba brotes psicóticos (psicosis tóxica) durante los que cometía "actos de violencia gratuita contra personas desconocidas y sin motivo alguno". Ya fue juzgado y condenado por un hecho similar en el 2013. Se antoja probable que actúe de nuevo, dice el tribunal.
Cuatro años y seis meses
El fallo de la resolución condena al acusado a una pena de cuatro años y seis meses de prisión, pero luego impone una "medida de seguridad" consistente en internamiento en régimen cerrado en un centro de deshabituación, donde estará por un periodo no superior a los citados cuatro años y seis meses.
Esa medida de internamiento, con psicoterapia y analíticas mensuales, se debe cumplir antes de la cárcel, pero el tiempo que cumpla encerrado en el centro le será abonado para la pena de prisión. Además, el tribunal podría dejarlo salir antes teniendo en cuenta su evolución en base a los dictámenes de los médicos y a la decisión del juez de vigilancia penitenciaria.