Discutieron en el ascensor y en ese habitáculo él agredió a ella, a su expareja sentimental. Le asestó manotazos en la cara, le tiró las gafas al suelo, la agarró de los brazos y le tiró del pelo. Eso considera probado la sentencia que ha confirmado la pena para el acusado por un delito de maltrato: seis meses de prisión, el pago de una indemnización de 250 euros y una orden de alejamiento: no podrá acercarse a menos de mil metros de la víctima (ni comunicarse con ella) durante un periodo de dos años.
El 29 de agosto del 2015, a las 11.30 de la noche, el procesado y su expareja estaban en el ascensor del bloque de viviendas donde él residía, en Terrassa. Uno y otro discutieron. Según la sentencia del juzgado de lo penal número 2 de Terrassa, el encausado agredió a la mujer, que sufrió hematomas en los brazos. La resolución relató que el hombre propinó manotazos a la víctima, le tiró fuertemente del cabello, la tomó de los brazos y le arrojó las gafas al suelo.
El hombre apeló, pero la Audiencia Provincial confirma la primera resolución, que concedía credibilidad a la declaración de la víctima, y no a la del procesado, y valoraba elementos como los informes médicos de la agredida y los mensajes que el acusado le envió cuando ella estaba en la comisaría de los mossos presentando la denuncia. Él aseguró que no los había enviado, pero el tribunal recuerda que los mensajes fueron remitidos desde su teléfono móvil y el procesado no dio explicación sobre ello.