No usó la fuerza ni la amenaza para penetrar a la chica, pero sí se aprovechó de que ella estaba mareada por la ingestión de alcohol. Ese aprovechamiento atribuye el Ministerio Fiscal a un joven al que acusa de abusar sexualmente de una muchacha con la que había viajado desde Terrassa a una playa de Barcelona, donde se consumaron los hechos. La acusación pide que el procesado sea condenado a una pena de ocho años de prisión.
El 28 de mayo del 2014, el acusado, de 29 años, y otras dos personas se desplazaron desde Terrassa hasta Barcelona para pasar el día en la playa de la Mar Bella. Allí estuvieron, y allí bebieron. Según el relato de hechos del Ministerio Público, los jóvenes consumieron "diferentes combinados alcohólicos" que el propio acusado preparaba.
Una chica del grupo se mareó y dijo que paraba de beber por ese motivo. Y se quedó en estado de semiinconsciencia.
Presuntamente, el chico se valió de ello para acometerla. Según el fiscal, el procesado aprovechó la indisposición de la víctima para ponerse encima de ella y quitarle la ropa. Y la penetró vaginalmente.
La denuncia llegó a los tribunales y el juzgado de instrucción número 15 de Barcelona abrió un sumario. Otro juzgado de instrucción, éste de Terrassa, acordó una orden de alejamiento para que el encausado, de origen ecuatoriano, no se acercase a la víctima.
El caso acabó en la Audiencia Provincial de Barcelona, cuya sección décima ha señalado para hoy el juicio. El Ministerio Fiscal considera al acusado autor de un delito de abuso sexual del artículo 181 del Código Penal. Esto es, el que castiga los actos contra la libertad sexual perpetrados sobre personas "que se hallen privadas de sentido o de cuyo trastorno mental se abusare, así como los que se cometan anulando la voluntad de la víctima mediante el uso de fármacos, drogas o cualquier otra sustancia natural o química idónea a tal efecto".
La pena
El artículo, en su punto 4, fija la pena a imponer entre los cuatro y los diez años de prisión "cuando el abuso sexual consista en acceso carnal por vía vaginal, anal o bucal, o introducción de miembros corporales u objetos por alguna de las dos primeras vías".
El fiscal pide en este caso ocho años de cárcel, una orden de prohibición de acercamiento (y comunicación) a menos de mil metros durante cinco años y una medida de libertad vigilada por un periodo de ocho años. Y solicita que el procesado pague 5.000 euros de indemnización a la víctima "por el abuso sexual sufrido". Al menos dos testigos han sido llamados a declarar en el juicio.