Terrassa

Condenado un funcionario por poner 64 euros en gasolina a cargo del Ayuntamiento

Un jurado ha condenado a un funcionario municipal a seis meses y un día de prisión, a una multa de 732 euros y a un mes de suspensión de empleo por poner gasolina en vehículos de su propiedad a cargo de tarjetas bancarias del Ayuntamiento. No ha sido inhabilitado para trabajo o cargo públicos.

La sentencia, de conformidad con el veredicto del jurado, afirma que el acusado "era" funcionario de carrera del Ayuntamiento y ostentó un cargo en el departamento de Gestión del Espacio Público durante los años 2012, 2013 y 2014. En este último ejercicio, el 12 y el 23 de diciembre, el encausado hizo dos repostajes en coches de su propiedad, y para uso privado, en gasolineras de Terrassa. Pero lo hizo, según la resolución, con tarjetas de la administración "que se encontraban a disposición de sus funcionarios con la finalidad exclusiva de que con ellas se abonasen los repostajes correspondientes a vehículos de titularidad municipal".

La cifra de la malversación no llegaba a los 64 euros; era de 63,16, dinero que el procesado pagó al Ayuntamiento antes del inicio. Y ese resarcimiento ha obrado en su favor, pues ha sido estimado como circunstancia atenuante de "reparación del daño".

Acusación municipal
El Consistorio se había personado en el proceso como acusación particular y también consideró al funcionario autor de un delito continuado de malversación de caudales públicos. En su alegato ante el tribunal popular, la defensa sostuvo que no había delito, pues el funcionario había compensado el gasto previo que había realizado personalmente a beneficio de la ciudad en los días posteriores al vendaval de hace casi dos años. Había actuado, según el letrado, para responder a la situación de emergencia y "contando para ello con la autorización de su superior".

El jurado consideró probado que hubo intención de enriquecimiento ilícito, pero no que la cifra de repostajes, como se indicó en un principio, fuese de 42 y no de dos. En sus conclusiones provisionales, el Ministerio Fiscal había pedido una pena de un año y nueve meses de prisión (y cuatro años de inhabilitación) y acusado al funcionario de realizar 44 repostajes, por un valor total de 2.072,69 euros. La cifra, al final, quedó reducida a dos acciones. Un policía municipal declaró no poder asegurar que los restantes consumos hubiesen sido efectuados por el procesado. Pudiera parecerlo por el tipo de letra de los tiques, pero no se podía asegurar; tampoco se llevó a cabo ninguna prueba pericial al respecto.

La pena impuesta es la mínima, debido a la "modesta cantidad" de la malversación y a que el jurado se mostró favorable a que la condena de prisión quedase suspendida.

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