Lo ha confesado. Como mínimo, abusaba de su hija una vez por semana durante casi dos años. Ella tenía 11 años, 12. Contaba 13 cuando una tía de la niña pilló al abusador y puso la denuncia. Cinco días después, el padre ya estaba detenido. El acusado, de origen ecuatoriano, ha sido condenado a diez años y medio de prisión por un delito continuado de abuso sexual con penetración. No podrá acercarse a la niña (a menos de mil metros) ni comunicarse con ella durante veinte años y medio. Y ha sido condenado también a diez años de libertad vigilada una vez cumpla la pena de prisión. Ha perdido la patria potestad de la menor.
En su casa de Terrassa, la casa de la familia, la casa del padre y la hija, o en la vivienda del hermano del acusado. En un sitio o en otro, el padre satisfacía su libido con su propia hija. Eso considera probado una sentencia de la Audiencia Provincial. Está probado que mantenía relaciones sexuales con la menor, nacida en el 2002, "en múltiples y reiteradas ocasiones". Una o dos veces por semana, practicando tanto sexo oral como vaginal. Ella no oponía resistencia debido a la superioridad del acusado, "dada su relación de parentesco y la edad de la víctima".
Una o dos veces por semana, entre, al menos, mayo del 2013 y el 12 de junio del 2015. O sea, como mínimo, más de cien veces.
Él confesó su culpabilidad. Lo admitió todo. Los abusos, su reiteración, la duración de todo aquello en el tiempo, los casi dos años de incesto forzado que acabaron cuando, aquel 12 de junio, a las cuatro de la madrugada, en el domicilio de su hermano, el procesado practicaba sexo oral con su hija y la tía de la menor lo pilló. Dijo el fiscal, y reproduce la sentencia, que la tía presenció los hechos "en parte". Fue con su marido a interponer la denuncia ante la policía.
Indemnización de 9.000 euros
El 17 de junio fue detenido. El 20 de junio ingresó en prisión. Allí seguirá un tiempo. La resolución afirma que la confesión del acusado es "piedra angular" del fallo condenatorio, pero subraya la concurrencia de otras pruebas, como los partes médicos de la cría. Dice que el hombre se prevalió de su relación de parentesco, en tanto que progenitor de la niña, y que la reiteración "comporta un supuesto de continuidad delictiva". Deberá pagar a su hija 9.000 euros de indemnización por daños y perjuicios.
Hay delito de abuso sexual con penetración, pero el procesado también cometió otro delito, uno de lesiones en el ámbito familiar, pues el mismo día de la última agresión sexual, antes de ésta, había asestado a su hija cuatro bofetadas durante una discusión relacionada con los estudios. La pena por este segundo delito es de seis meses de prisión.