Las tan traídas y llevadas consultas populares podrán celebrarse en Terrassa a petición de los propios ciudadanos. No será sólo el pleno o el alcalde los que tengan potestad para proponer la celebración de consultas populares no referendarias (las que no se diseñan bajo la base del censo electoral), sino que los propios vecinos de la ciudad podrán unirse para solicitar ser consultados.
Esta es una de las novedades que incluye el nuevo reglamento de participación ciudadana, un texto en cuya elaboración se trabajaba desde el mandato anterior y que se aprobó de manera definitiva el pasado mes de julio. El nuevo texto vio la luz con los votos a favor de PSC, CiU, TEC, ERC-MES y C’s, la abstención de la CUP y el voto en contra del PP, que considera que desvirtúa el sistema actual de democracia representativa.
El nuevo reglamento persigue “mejorar la calidad democrática” en Terrassa a través de “la cooperación ciudadana, la coproducción , la codecisión y la coevaluación”, en palabras de la concejal responsable del área, Meritxell Lluís. La edil asegura que han tratado de salvar las limitaciones que ofrece la propia ley, respecto al carácter no vinculante de los procesos de participación, “con el compromiso de rendir cuentas y responder siempre a los ciudadanos, motivar nuestras decisiones, tanto si son favorables a lo que nos piden como si no lo son”. En cualquier caso, afirma Lluís, la pretensión es “aplicar nuevas maneras de gobernar y hacer partícipes a los ciudadanos de las decisiones”, por lo que se les facilita la participación para que contribuyan a diseñar la política local.
Para conseguirlo, el reglamento se sustenta en unos principios generales, como abrir la participación individual (hasta ahora se limitaba a los representantes de asociaciones) y que la edad mínima de ésta pase de los 18 años a los 16. También se da más poder a las entidades, se facilitan las intervenciones en el pleno y otros órganos municipales, se potencia el formato de audiencia pública como espacio de debate entre políticos y ciudadanos y se mejoran los mecanismos de participación.
nuevas vía para participar
Precisamente este último aspecto incluye numerosas novedades para ampliar el alcance de la iniciativa ciudadana. Uno de estos nuevos instrumentos es la convocatoria de consultas populares no referendarias para promover actuaciones de competencia municipal. Si lo que se solicita compete sólo a un distrito serán necesarias mil firmas de vecinos para convocar la consulta. Si el ámbito es toda la ciudad, se requerirán 3.500 firmas.
A parte de las convocatorias promovidas por los ciudadanos, el Ayuntamiento se compromete a celebrar consultas “antes de tirar adelante proyectos de especial impacto para la ciudad”. Es curioso que el reglamento cita, precisamente, que se considerarán proyectos relevantes los “cambios en la modalidad de gestión de un servicio básico”, como sería el agua, sobre el que se ha decidido que no habrá una consulta sino un “dispositivo de participación”, del que se desconocen todos los detalles, para saber la “opinión” de los egarenses, que no su voto.
Similar a las consultas, los ciudadanos también podrán impulsar procesos de participación ciudadana a escala de ciudad o de distrito. En el primer caso, será necesario que recaben 1.500 firmas, y en el segundo, bastará con 500.
Otra forma de promover la iniciativa ciudadana es la posibilidad que da el reglamento de que cualquier egarense mayor de 16 años proponga acuerdos o actuaciones de competencia municipal a los concejales electos. Para ello deberán reunir 500 firmas.
ILP locales
Otra de las novedades de este reglamento es la posibilidad de poner en marcha a escala local la conocida iniciativa legislativa popular (ILP), que tan buenos resultados ha dado en el caso de la ley contra los desahucios, por ejemplo, promovida desde la sociedad civil. A nivel municipal, esta herramienta pasa a denominarse iniciativa reglamentaria ciudadana municipal por la incapacidad de los ayuntamientos de promover leyes, pero sí reglamentos. La concejal Meritxell Lluís, apunta que las peticiones, pueden ser de todo tipo, aunque todas ellas deberán pasar los informes técnicos pertinentes antes de que el alcalde o concejal correspondiente se pronuncie. También será necesario un informe del secretario municipal sobre la legalidad de la medida propuesta, así como otro del interventor si implica algún gasto económico.
La ciudadanía puede pedir lo que desee, pero la última palabra siempre la tendrán los electos. Eso sí, el Ayuntamiento deberá dar una respuesta “motivada” en un plazo máximo de quince días en la que explique la admisión a trámite o no de la iniciativam popular.
El nuevo reglamento busca que los ciudadanos se impliquen más en el día a día de los órganos municipales y se propone allanar las intervenciones de particulares, entidades y todo tipo de colectivos en las comisiones informativas y en los plenos. El actual reglamento orgánico municipal (ROM) impone limitaciones a algunos de estos nuevos mecanismos de participación (por ejemplo, respecto a la intervención de personas a título individual o de plataformas no constituidas como asociación), por lo que los concejales se han comprometido a modificar esta norma (una asignatura pendiente desde hace varios mandatos, de hecho) para poder aplicar en toda su extensión el nuevo documento de participación.