La Síndica Municipal de Greuges de Terrassa ha pedido al Ayuntamiento, y logrado, la creación de un código de buenas prácticas que se aplique a los funcionarios policiales. La iniciativa responde a las quejas recogidas por la oficina sobre "la aplicación sistemática y, en algunas ocasiones, injusta del principio legal de presunción de veracidad", concretamente en las denuncias por infracción de tráfico y circulación. En derecho penal la declaración de los agentes tiene el mismo valor que la de cualquier otro testigo, pero en las denuncias policiales por infracciones de tráfico impera la presunción de veracidad de los uniformados.
La propuesta de la síndica ha sido acogida "muy positivamente" por parte de la administración local y, en particular por la Policía Municipal. "Ayer mismo (por anteayer) mantuvimos una reunión en la que manifestaron predisposición a elaborar un código de buenas prácticas", explicaba ayer Isabel Marquès. La letrada muestra su voluntad de "colaborar en la redacción del código, una herramienta que dará mayor seguridad jurídica tanto a los ciudadanos como a los funcionarios".
Prueba de descargo
En su actuación de oficio, la sindica ha trasladado al Ayuntamiento la preocupación que le han hecho llegar los egarenses que, tras ser objeto de una denuncia de tráfico con la que no estaban de acuerdo, han sido sancionados en base a la información aportada por los agentes. La oficina de la defensora del ciudadano pide al Ayuntamiento que, en la tramitación de expedientes sancionadores, "se valore la prueba de descargo aportada por el ciudadano sin que se recurra a fórmulas genéricas desvalorizadas ni a la presunción de veracidad de la autoridad cuando existen dudas razonables".
La síndica Isabel Marquès acompaña su actuación de oficio de un dictamen elaborado por varios profesores en derecho constitucional de la UAB. El informe, a petición conjunta de los síndicos de Terrassa, Sabadell y Sant Cugat, menciona la amplia legislación que ampara el valor probatorio de las denuncias de los agentes de la autoridad. También recuerda que esa presunción de veracidad "puede admitir prueba en contrario" y, por lo tanto", se trata de "una verdad provisional". Los juristas Joan Lluis Pérez Francesch y Tomàs Gil Màrquez advierten que "una deficiente configuración de la presunción de veracidad" de los agentes "puede comportar una limitación inaceptable del derecho de defensa".