Opinió

No es suficiente

El Tribunal Supremo ha enmendado la plana a la Audiencia Provincial de Pamplona en torno a la sentencia de “la Manada” con una nueva resolución que no sólo contradice a la primera en lo esencial, sino que aumenta la pena de nueve a quince años de prisión. La lectura de la sentencia es un ejercicio muy interesante por cuanto surgen matices de importancia desde un punto de vista jurídico, además de poner fin a una agria polémica como consecuencia de una sentencia que llevó a la calle a muchas personas que consideraban una barbaridad que una apreciación convirtiese en abuso lo que era una agresión en toda regla.

Recordemos que la diferencia estaba en que el tribunal de la Audiencia consideró que cinco hombres rodeando a una mujer en un espacio de tres metros cuadrados no podía considerarse una intimidación, detalle que debía convertir en agresión y, por tanto, en violación lo que inicialmente se consideró abuso. La fiscal que inició el procedimiento expuso un ejemplo muy clarificador, decía que si en una calle solitaria, una persona se ve acorralada por cinco personas más fuertes que ella, le exigen la cartera y se la ofrece sin oponer ninguna resistencia, puede considerarse que esa persona está siendo intimidada. Por tanto, en una analogía razonable, podría considerarse que la víctima de la Manada había sido intimidada para ser objeto, nada menos que de diez penetraciones

Puestos los puntos sobre las íes por parte del Tribunal Supremo, la conclusión final de todo este procedimiento es que no es suficiente. El Alto Tribunal ha sentado una importante jurisprudencia, pero es la ley la que se debe cambiar para evitar que la interpretación pueda llevar a los jueces a resoluciones como la de la Audiencia Provincial de Pamplona. El texto del Código Penal puede dar pie a interpretaciones laxas que sitúan a la mujer en una absoluta indefensión. La máxima de “si no es sí, es un no” debe quedar meridianamente clara. La sola existencia de los jueces sitúa la aplicación de la ley en el terreno de la interpretación. Si no fuese así, los jueces no serían necesarios. Pero los matices en casos como el de la Manada adquieren tanta relevación que no hay que esperar a que el Tribunal Supremo cree jurisprudencia, sino que es el legislador el que debe modificar la norma para situaciones como esta. Cuanto menor margen a la interpretación tenga el líder de Vox en Andalucía, mejor.

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