De las diversas acepciones que el diccionario ofrece de la palabra “repercutir”, a la que más nos referiremos durante un tiempo será a la quinta, que dice: “Hacer que un impuesto, un coste, etcétera, recaiga o tenga efecto sobre otra persona distinta de la que lo paga inicialmente”. Aunque el referente latino “repercutere”, tiene una mucho más ilustrativa: “Devolver un golpe o un ataque”.
El consejo de ministros, adelantado esta semana al jueves, aprobó, tal como anunció el presidente del Gobierno un día antes, la modificación legislativa por procedimiento de urgencia que obligará a los bancos a pagar el impuesto de transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados en las hipotecas. La ministra de economía decía ayer que el Gobierno velará para que los bancos no repercutan en los clientes el pago de ese impuesto y se refirió para ello a una figura de nueva creación en la Administración, la autoridad de defensa del cliente bancario.
Para empezar, que tenga que haber una figura como esa dice poco, en primer lugar, de los bancos. Es decir, si realmente necesitamos que un organismo vele para que los bancos hagan su trabajo con decencia es tanto como oficializar que cuando vamos a firmar una hipoteca nos adentramos en una jungla procelosa. Deberíamos estar preocupados.
Por otra parte, no podemos más que preguntarnos cómo va esa autoridad a impedir que los bancos recuperen el coste del pago del impuesto de forma indirecta. Se ha dicho esta misma semana que antes de que el Tribunal Supremo concluyese la escenificación del escándalo que ha protagonizado, algún banco ya había modificado las condiciones de sus hipotecas. No perdamos de vista que en una hipoteca de tipo medio, el impuesto de TPyAJD puede oscilar entre los 1.500 y los 3.000 euros. Con sólo aumentar en alguna décima o incluso algunas centésimas los tipos de interés se recuperan con creces esas cantidades. No hay manera de impedirlo.
Hay otra cuestión que no debe pasar desapercibida sobre esta situación y es la información que dice que la ministra Calviño tiene prisa por tramitar la ley de reforma hipotecaria para evitar que Europa imponga una multa a España por el retraso en la transposición de las directivas. Sólo recordar que el plazo de transposición es de dos años. No sólo se va tarde a la hora de legislar sobre asuntos de importancia capital, sino que, como decíamos ayer, España remolonea a la hora de aplicar las disposiciones europeas. Eso es difícilmente justificable y una estricta cuestión política, de ningún modo judicial.