Opinió

Seguridad en las fronteras de la UE

El proyecto de reglamento sobre controles de entrada o salida de la UE supone un avance en el ámbito de la lucha contra el blanqueo de dinero y la financiación del terrorismo, gracias a una mejor cooperación entre autoridades aduaneras en el rastreo de los flujos de efectivo y al intercambio reforzado de información.

Las grandes sumas de dinero en efectivo se utilizan en ocasiones para desarrollar actividades delictivas y facilitar el blanqueo de capitales porque son líquidas y se pueden transferir con agilidad. Son, además, muy difíciles de rastrear por ese carácter líquido. Ésta es la razón por la cual las personas portadoras de cantidades de efectivo superiores a los 10.000 euros que entran o salen de la UE tienen la obligación de declararlas. Sin embargo, los delincuentes adaptan rápidamente sus estrategias a los nuevos controles y recurren a otros activos igualmente líquidos e imposibles de rastrear. La nueva legislación, por lo tanto, incluye el oro en su definición y permite cambios rápidos de la definición de efectivo para corregir las posibles deficiencias de funcionamiento del sistema.

En este sentido, se ha introducido, por ejemplo, una cláusula de revisión a los tres años que permitiría actualizar el reglamento en caso necesario y extender la obligación de declarar también el efectivo no acompañado o los diamantes.

Para llevar a cabo una investigación exhaustiva, las autoridades competentes deben tener acceso a todos los datos relevantes lo más rápidamente posible. Por ello, el Parlamento ha acortado significativamente los retrasos en la transmisión de esa información, bajando los límites de 30 a 4 días. Las sanciones impuestas por la falta de declaración del efectivo vienen actualmente definidas en la legislación nacional y son muy divergentes: la misma cantidad de efectivo no declarado puede ser objeto de multas que van desde los 330 euros en un Estado miembro hasta el 200% del monto total en algún otro caso (España, por ejemplo). Lamentablemente, el Consejo y la Comisión no han demostrado hasta la fecha ser lo suficientemente ambiciosos a la hora de luchar contra el conocido fenómeno de "forum shopping", o selección del foro jurídico, en busca del tratamiento menos oneroso para los defraudadores. Por esa razón, los ponentes reclamamos en nuestro informe una mayor armonización y solicitamos a la Comisión que proponga legislación al respecto. El informe dota a nuestras autoridades de las herramientas necesarias para mejorar la lucha contra el lavado de dinero y la financiación del terrorismo, algo que resulta clave en la actual coyuntura global. Lo más importante es que las autoridades accedan rápidamente a todos los datos que necesiten, y esto sólo es posible si los sistemas que utilizan para intercambiar información son compatibles y están interconectados (sujetos a las limitaciones en materia de derecho de acceso).

El objetivo no es saturar a los investigadores con toda la información existente, sino asegurarnos de que las personas adecuadas tengan acceso a los datos más relevantes y correctos. También ha quedado claro en el reglamento que la existencia de una Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) europea tendría un valor añadido importante a la hora de facilitar el trabajo de investigación de las unidades de los estados miembros en su lucha contra los delitos transnacionales. Por lo tanto, en el informe se pide específicamente a la Comisión que proponga legislación para el establecimiento de una unidad de inteligencia financiera de la UE. En definitiva, el informe que hemos aprobado en la comisión de Libertades, Justicia y Asuntos de Interior aporta las herramientas necesarias para que las autoridades hagan un mejor seguimiento y control del efectivo en tránsito a través de las fronteras exteriores de la UE, al tiempo que mantiene la proporcionalidad y protege los derechos fundamentales de los ciudadanos.

* El autor es eurodiputado socialista y exministro de Justicia

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