CCOO y UGT reiteraron ayer la necesidad de derogar la reforma laboral para reequilibrar la negociación colectiva y poder ganar en igualdad efectiva, así como derogar la reforma de pensiones de 2013. Insisten en modificar la reforma laboral para dar un mayor protagonismo a la negociación colectiva y poder ganar en "igualdad efectiva" e implementar las acciones del real decreto de medidas urgentes para garantizar la igualdad de trato de oportunidades. Tras analizar el texto del real decreto ley aprobado por el Gobierno, ambos sindicatos valoran algunas de las medidas, basadas en las propuestas que ambas organizaciones han venido haciendo en las mesas de diálogo social, por lo que, aunque lo consideran "insuficiente", ven necesaria su convalidación. Asimismo, reiteran la necesidad de derogar la reforma laboral para dar un mayor protagonismo a la negociación colectiva y poder ganar en "igualdad efectiva". En este sentido, señalan que las numerosas modificaciones legales que contiene el texto afectan, en líneas generales, a tres grandes grupos de materias: planes de igualdad y condiciones de trabajo, derechos de conciliación y derechos de protección social. En concreto, valoran que la obligación de elaborar y aplicar planes de igualdad a las empresas de 50 o más personas trabajadoras es un "importante avance", pero creen que ampliar el número de empresas "no servirá de nada si no se revierte la reforma laboral de 2012, en materia de negociación colectiva, y se establecen legalmente las garantías de negociar estos planes de igualdad".
Valores medios
Solo se obliga a llevar un registro con los valores medios de los salarios y complementos salariales y extrasalariales, apuntan los sindicatos UGT y CCOO que, sin negar el "avance" que supone, consideran que se trata de una modificación legal "poco ambiciosa y que dará lugar a debates judiciales que podían haberse obviado". En cambio, indican que merece una valoración "muy positiva" todo lo referente a la protección de las personas trabajadoras en el empleo, como la recuperación del subsidio para parados mayores de 52 años edad. Las personas desempleadas que accedan ahora a este subsidio a partir de los 52 años, frente a los 55 en vigor y de duración hasta la edad ordinaria de jubilación y que actualmente se extinguía en la primera edad posible de jubilación anticipada, también tendrán otras mejoras como la base de cotización por el 125% de la base mínima, acceso al subsidio completo aunque se proceda de un empleo a tiempo parcial y no exigencia de cotizar durante 90 días previamente a la percepción del subsidio.