El Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó ayer la subida del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) hasta los 900 euros mensuales para que entre en vigor en 2019, lo que supone un incremento del 22,3%, equivalentes a 164 euros mensuales. La subida, la mayor desde el año 1997, beneficiará a 2,5 millones de trabajadores, la mayoría mujeres. Este incremento fue aprobado el 21 de diciembre por el Consejo de Ministros celebrado en Barcelona a través de un real decreto que no necesitó de convalidación en el Congreso de los Diputados y que cumplía así con el acuerdo presupuestario pactado entre el Gobierno y Podemos para el próximo año. La norma establece que el salario mínimo para cualesquiera actividades en la agricultura, en la industria y en los servicios, sin distinción de sexo ni edad de los trabajadores, queda fijado en treinta euros al día o novecientos euros al mes (12.600 euros al año).
Este salario mínimo interprofesional se abonará tanto a los trabajadores fijos como para los eventuales o temporeros, así como para los empleados de hogar, y en él se computa únicamente la retribución en dinero, sin que el salario en especie pueda, en ningún caso, dar lugar a la minoración de la cuantía íntegra en dinero de aquel. Para los trabajadores eventuales y temporeros, el salario mínimo será de 42,62 euros al día, y para los empleados de hogar, de 7,04 euros por hora. Este salario se entiende referido a la jornada legal de trabajo en cada actividad, sin incluir en el caso del salario diario la parte proporcional de los domingos y festivos. Si se realizase jornada inferior se percibirá a prorrata, según detalle el citado decreto.
“El citado incremento atiende a la mejora de las condiciones generales de la economía y tiene como objetivo prevenir la pobreza en el trabajo y fomentar un crecimiento salarial general más dinámico”, señala el real decreto.
Remuneración suficiente
En línea con las recomendaciones internacionales, añade en su exposición de motivos que para garantizar el derecho a una remuneración “equitativa” y “suficiente” que les proporcione a ellos y a sus familias un nivel de vida “decoroso”, el Comité Europeo de Derechos Sociales ha interpretado que dicho umbral se sitúa en el 60% del salario medio de los trabajadores. Elevar a novecientos euros mensuales el SMI “acerca a dicha recomendación”, subraya el real decreto, que destaca que es un factor “decisivo” para que la creación de empleo y la recuperación económica se traduzcan en una progresiva reducción “real” de la pobreza y de la desigualdad salarial. Este incremento del salario mínimo interprofesional beneficiará a casi 2,5 millones de trabajadores, más de la mitad de ellos mujeres (56,7%), por lo que contribuirá a reducir la brecha de género en salarios y pensiones, según Trabajo. De estos casi 2,5 millones de beneficiarios, 1,3 millones se encuadran en el Régimen General de la Seguridad Social (sin sistemas especiales); entre 750.000 y 800.000 en el sistema especial agrario y 400.000 en el sistema especial de empleados de hogar.