La reciente sentencia del Tribunal de Justicia de la UE que obliga a compensar a una trabajadora interina por despido y defiende que las indemnizaciones por extinciones objetivas de fijos y temporales sean iguales ha provocado multitud de reacciones, y casi todas ellas diferentes. “Tenemos que esperar a que vengan de Europa y pongan el sentido común que no ha habido aquí en materia laboral, donde se han hecho verdaderas barbaridades. Además, sólo toca una pequeña parte de los puntos más polémicos de la reforma laboral”, aseguró ayer a este diario Josep Santcristòfol, secretario general de UGT en la comarca.
Para David Garrofè, secretario general de la patronal Cecot, “lo que evidencia la sentencia es que el marco laboral se tiene que ajustar, que el actual sistema es incoherente. Para empezar tenemos que replantearnos si caben tantas modalidades de contratos temporales. Nosotros estamos por que haya menos contratos, más seguridad jurídica y flexibilidad”. Con ese auto, el Tribunal de Justicia Europeo ha sacudido los cimientos de la normativa laboral española. Ahora los trabajadores indefinidos al acabar su contrato cobran el equivalente a un sueldo de 20 días por año trabajado; los eventuales perciben 12 días por año o nada si son interinos. El fallo de los jueces comunitarios establece que los interinos tienen derecho a percibir una compensación al rescindir su contrato. Pero la argumentación del tribunal va más allá y defiende que las indemnizaciones por despido deben ser iguales, salvo que haya “razones objetivas”, y de estas últimas excluye el hecho de ser indefinido.
Escasa claridad
La escasa claridad del fallo es una reflexión común entre todos los que han analizado el mismo, lo que ha dado pie a que el Gobierno o la patronal hayan hecho una lectura del texto totalmente distinta a la que han realizado, por ejemplo, los sindicatos o algunos juristas . Pero es que no está “claro si la sentencia afecta sólo a los trabajadores interinos o a todos los temporales, ni si los interinos deberán equipararse con el resto de temporales o con los fijos en el caso de que hagan la misma función que estos”, apuntan algunos expertos. Garrofé asegura que “nosotros entramos en el ámbito político y creemos que el modelo laboral es claramente mejorable y que habría que consensuarlo”. La sentencia ha sido aprovechada por los sindicatos para animar a todos los trabajadores interinos o temporales a que acudan a la Justicia para reclamar sus derecho. CCOO y UGT subrayaron ayer que la sentencia tiene carácter retroactivo de un año y que podrán reclamar sus derechos tanto los trabajadores interinos y temporales, cuyos contratos terminen a partir de ahora, como aquellos cuyos contratos hayan cesado en un plazo no superior a un año.
Según Enrique Rodríguez, secretario general de CCOO del Vallès Occidental, la sentencia es de “calado” porque no “sólo afecta a aquellos contratos que no tienen indemnización, como los de sustitución o formación, sino que viene a decir que los contratos eventuales, en este capítulo, no pueden ser menos que los indefinidos”. Este sindicalista añade que el auto arroja luz sobre una “discriminación” flagrante. Santcristòfol añade que los sindicatos deberán estar alerta porque el PP intentará modificar el Estatuto de los Trabajadores para abaratar el despido a fijos y temporales, es decir, “igualarlos por abajo”. Por eso, sostiene que toca “batallar en los tribunales y ver cómo aplican la sentencia los jueces”. En cualquier caso, “debe suponer una modificación de la Ley en el sentido que marca el fallo, pero no aprovecharlo para hacer algo regresivo”.
En la patronal, la sensación es distinta. Según la Ceoe, “todos los trabajadores, tengan contrato temporal o indefinido, se les aplica el mismo régimen jurídico y la misma extinción cuando la extinción se considera despido disciplinario, extinción por causas objetivas o despido colectivo: 20 días en caso de procedencia y 33, en caso de improcedencia”. La Ceoe por tanto rechaza lo que hace la sentencia europea, que es asimilar el despido de los indefinidos con la indemnización por final de contrato de los temporales, que ahora es de 12 días por año.