El servicio de asesoramiento fiscal y financiero de la patronal terrassense Cecot ha recibido durante la primera quincena de septiembre una avalancha de consultas relacionadas con el cambio de tributación que el Ministerio de Hacienda hará efectivo a partir del próximo uno de enero, y que afecta a las empresas constituidas como Sociedad Civil (SCP).
Esta modificación normativa supone que las Sociedades Civiles con objeto mercantil se incorporarán, a partir de esa fecha, como contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades. Esta conlleva para numerosas pequeñas empresas "asumir una mayor complejidad administrativa por la obligación de llevar contabilidad según las reglas del plan general contable, además del impacto tributario que conlleva.
"Hay cierta inseguridad jurídica en estos momentos", afirma Enric Rius, asesor fiscal de la Cecot y secretario de Autcat. "Existen muchas dudas, sobre todo en el aspecto formal sobre lo que comporta este cambio normativo, que ni los profesionales expertos en tributos pueden resolver". Y añade que en los distintos foros y en los contactos que se han ido manteniendo con representantes de la Administración, "siempre se ha afirmado coloquialmente que vía respuesta a las consultas planteadas o vía instrucción de la propia Agencia Tributaria , se resolverían estas dudas". Pero, en función de las respuestas recibidas hasta la fecha, la mayoría de "dudas subsisten y la presión del calendario hace que las incertidumbres aumenten".
La Cecot ha remitido una carta al director general de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), Santiago Menéndez, para trasladar el actual desconcierto que existe entre las empresas afectadas y para solicitar que la Dirección General de Tributos responda con urgencia las dudas que ya les han sido trasladadas.
Total certeza
En la carta, también se solicita a la dirección general de la AEAT que dé respuestas e instrucciones necesarias para que el tránsito y el cambio de tributación de todas esas sociedades puedan realizarse con total certeza sobre su procedimiento y sobre sus consecuencias. "Las empresas afectadas tienen que tomar decisiones y necesitan toda la información y un tiempo prudencial para llevarlas a cabo", dice la patronal Cecot. Entre las consultas recibidas, las que más duda generan son si el cambio es de oficio o si la sociedad debe presentar una declaración censal sobre su nuevo encuadramiento; el tratamiento tributario que deben tener las remuneraciones del socio trabajador; si los beneficios del socio capitalista deben tributarse cada ejercicio o sólo en el momento en que sean distribuidos; y cómo actuar cuando en una misma sociedad conviven actividades cuyo objeto es mercantil con otros que no lo son, por poner algunos ejemplos.
Las sociedades civiles están conformadas principalmente por microempresas y pequeñas empresas que sólo en Catalunya suman 41.330 actividades. Este tipo de sociedades se caracteriza porque dos o más autónomos unen sus fuerzas y se asocian para llevar a cabo un negocio que hasta el momento tributaba en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y, en consecuencia, podía optar por cualquiera de los métodos de estimación existentes, entre ellos el de módulos si era el caso. Con el cambio que se plantea, tributarán por Impuesto sobre Sociedades y, en consecuencia, deberán olvidar todos los métodos de estimación por módulos y deberán tributar como cualquier otra sociedad mercantil y llevar contabilidad ajustada al plan general contable.