La asociación de abogados demócratas por Europa (ADADE), personada en la rama murciana del caso Púnica, ha solicitado un total de 9 años de cárcel para el expresidente Pedro Antonio Sánchez y de 5 para su asesor David Conesa en el escrito de acusación dirigido al magistrado instructor del TSJ murciano.
Según el escrito al que ha tenido acceso EFE, además de ADADE, el PSOE -que intervienen como acusación popular acumulada- solicita al magistrado que abra juicio contra ambos, acusados por los presuntos delitos de fraude y cohecho.
En concreto, a Sánchez le pide 4 años de cárcel como supuesto autor de un delito de fraude, así como inhabilitación por 10 años de cargo público, además de 5 años por un delito de cohecho e inhabilitación de 12 años, mientras que para Conesa 2 y 3 años respectivamente por ambos delitos.
La acusación pide que testifiquen en el juicio, entre otros, el empresario Alejandro de Pedro, considerado cabecilla de la trama Púnica; la senadora del PP y exalcaldesa de Cartagena Pilar Barreiro; su antecesor, José Antonio Alonso, y personal que trabajaba para ellos, imputados todos en el caso.
Además, solicita pruebas documentales recabadas durante la investigación.
El instructor del TSJ de Murcia denegó esta semana la solicitud de las dos fiscales anticorrupción personadas en las actuaciones para que el expresidente Pedro Antonio Sánchez fuera juzgado por un jurado popular.
En este caso se investiga si Sánchez, en sus tiempos de consejero de Educación, y su entonces asesor, David Conesa, pudieron incurrir en algún ilícito penal en las conversaciones mantenidas para concertar un convenio de mejora de imagen que finalmente no se suscribió.
También ADADE considera necesario que el juzgado central que instruye el caso Púnica remita a Murcia los audios de las grabaciones de las conversaciones telefónicas de los encausados, las cuales han sido transcritas y figuran ya en la instrucción que ha seguido la Sala de lo Civil y Penal del TSJ de Murcia.
De igual modo, estima pertinente que se remitan los volcados de los ordenadores y correos electrónicos de Alejandro de Pedro.
Para el instructor, no procede transformar el procedimiento abreviado en un proceso a seguir por la ley del Jurado como habían pedido las fiscales tres meses después de que Sánchez declarara en esta causa.