El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha acordado investigar la querella de la Fiscalía contra la consellera de Gobernación, Meritxell Borràs, por licitar las urnas para el referéndum, ante los indicios de que pudo incurrir en los delitos de prevaricación, desobediencia y malversación.
En un auto, la sala civil y penal del alto tribunal catalán ha acordado admitir a trámite la querella de la Fiscalía contra Borràs y el exsecretario general de su Departamento Francesc Esteve, así como la ampliación de denuncia que presentó el ministerio público a raíz del anuncio del presidente catalán, Carles Puigdemont, de un referéndum de independencia para el próximo 1 de octubre.
La sala considera que de los hechos denunciados por la Fiscalía en su querella, de “fácil constatación” al haber sido publicados en diarios oficiales y por los medios de comunicación, se desprende la existencia de “indicios suficientes de la concurrencia” de los tres delitos que el ministerio público atribuye a Borràs: prevaricación, desobediencia y malversación.
El TSJC ha designado instructora de la causa a Mercedes Arcas -magistrada de una sección penal de la Audiencia que ha sido designada ahora para reforzar la sala civil y penal del alto tribunal catalán-, por lo que, en su caso, será esta juez la que tome declaración como investigados a Borràs y Esteve y, posteriormente, decida si hay indicios para enviarlos a juicio.
En su auto, la sala recalca que la querella de la Fiscalía y su escrito de ampliación “cumplen los requisitos de tipicidad y verosimilitud” para ser admitida a trámite, “todo ello con independencia de las decisiones que proceda ir adoptándose en función de las diligencias que se vayan sustanciando”.
La admisión a trámite de la querella se ha notificado a Borràs y a Esteve, coincidiendo con la reunión semanal del Govern, por lo que ambos la han recibido de manos del agente judicial arropados por el ejecutivo catalán en pleno.
El auto recuerda que, según se desprende de la querella de la Fiscalía, la ley de presupuestos que el Parlament aprobó el pasado mes de marzo prevé partidas destinadas a garantizar un “proceso refrendario sobre el futuro político” de Cataluña.
El TSJC se remite a la querella de la Fiscalía para referirse a la declaración de ruptura que el Parlament aprobó el 9 de noviembre de 2015, posteriormente declarada inconstitucional, “con la voluntad de creación de un Estado catalán independiente en forma de República, a través de un proceso ciudadano participativo, para sentar las bases de una constitución catalana”.
También alude el escrito del TSJC a la resolución que el Parlament aprobó el 6 de octubre de 2016 para instar al Govern a convocar un referéndum -lo que ha motivado una investigación penal a la presidenta del Parlament, Carme Forcadell, y los miembros de la Mesa de JxS y CSQP- y a los presupuestos de la Generalitat que reservan 6,2 millones a gastos vinculados con la celebración de una consulta independentista.
En ese sentido, mantiene el TSJC que, según la querella de la Fiscalía, “ninguna de las leyes en las que se ampara” el acuerdo marco para el suministro de las urnas “pueden servir de apoyo a las pretensiones refrendarias”.
El auto se remite además al escrito de ampliación de querella que la Fiscalía presentó la semana pasada, en el que aludía a la “firme voluntad, expresada con toda solemnidad junto al Gobierno que preside” de Carles Puigdemont de celebrar un referéndum de independencia el 1 de octubre y al posterior “acto político” convocado dos días después en apoyo de la consulta, al que asistieron Borràs y el resto de miembros del ejecutivo catalán.
La querella, insiste el TSJC, sostiene que “el procedimiento de licitación para la adquisición de urnas ha avanzado en su tramitación”, ya que al mismo han concurrido dos empresas “cuya intervención podría facilitar los fines pretendidos por los querellados, además de significar la realización de un acto ilícito”.