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La CE multa con 110 millones a Facebook por datos “engañosos” en la compra de Whatsapp

La Comisión Europea (CE) multó hoy con 110 millones de euros a Facebook por proporcionar información “incorrecta o engañosa” durante la investigación que abrió en 2014 por la adquisición de la aplicación móvil de mensajería WhatsApp.

“La decisión de hoy manda una clara señal a las empresas de que deben cumplir con las normas de fusiones de la UE, incluyendo la obligación de proporcionar información correcta. Impone una multa proporcionada y disuasoria a Facebook”, señaló en un comunicado la comisaria europea de Competencia, Margrethe Vestager.

En virtud del reglamento de concentraciones, la CE puede imponer multas de hasta un 1 % del total de la cifra de negocio de las empresas que “de manera deliberada o por negligencia”, dan información inexacta o engañosa a la CE, explicó el Ejecutivo comunitario.

Para fijar la cuantía e la multa, la CE tiene en cuenta la naturaleza, la gravedad y la duración de la infracción.

La CE alega que Facebook ha cometido dos infracciones distintas, por un lado aportando información inexacta y engañosa en el formulario de notificación de la concentración, y por otro en la respuesta a una petición de información por parte de la Comisión.

“La Comisión considera que estas infracciones son graves puesto que le han impedido tener todas las informaciones necesarias para cumplir su tarea de evaluar la operación”, añadió el Ejecutivo en el mismo comunicado.

La CE argumenta que cuando Facebook notificó la adquisición de WhatsApp en 2014, la sociedad informó a la CE de que “no estaría en medida de establecer de manera fiable la correspondencia automática entre los usuarios de Facebook y los de WhatsApp”.

Sin embargo, en agosto de 2016, WhatsApp anunció una actualización de sus condiciones y de su política de confidencialidad, incluida la posibilidad de asociar números de teléfono de los usuarios de WhatsApp a sus perfiles de Facebook.

En diciembre, la CE expuso a Facebook su preocupación e identificó que, contrariamente a lo que había declarado Facebook en 2014, la posibilidad técnica de conectar las identidades de los usuarios en Facebook y WahtsApp ya existía y que los empleados de la red social estaban al corriente de esta posibilidad.

El reglamento de la UE sobre las concentraciones, obliga a la empresas sometidas a investigación a dar las informaciones “exactas”, lo que es “indispensable”, según la CE, para que esta pueda examinar las concentraciones y las adquisiciones de manera “eficaz”.

Se trata de la primera vez que la CE adopta la decisión de multar a una empresa por proporcionar información inexacta o engañosa desde la entrada en vigor de este reglamento, en 2004.

El Ejecutivo comunitario precisó que esta decisión no tiene ninguna incidencia en la autorización de la operación de adquisición.

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