El juez de la Audiencia Nacional Eloy Velasco ha dejado en libertad bajo fianza de 100.000 euros al que fuera dueño de la cadena Vitaldent, Ernesto Colman, tras permanecer 15 meses en prisión preventiva por un presunto fraude de 17,2 millones anuales a través de “un complejo sistema defraudatorio”.
También ha quedado en libertad bajo la misma fianza el exvicepresidente de la empresa Bartolomé Conté, tras depositar ambos el viernes los 100.000 euros exigidos para poder abandonar la prisión, según han informado a Efe fuentes jurídicas.
Colman y Conté ingresaron en prisión el 17 de febrero y el pasado noviembre la Audiencia Nacional decidía mantenerles en prisión después de que este caso, que comenzó a investigar un Juzgado de Majadahonda (Madrid), pasase a ser instruido por el juez Eloy Velasco.
Según lo investigado, el fraude de estas clínicas consistió en que un grupo de personas, entre ellas el entonces propietario de Vitaldent, diseñaron “un complejo sistema defraudatorio hacia los franquiciadores, clientes y pacientes y la propia Hacienda”, de manera que su cúpula recibía cada año 17,2 millones de euros en B solamente de las 146 clínicas propias que tenía la cadena.
Poco después de asumir el caso, Velasco autorizó la venta del Grupo Vitaldent en España e Italia por un total de 18,5 millones de euros a la empresa JB Capital Markets SV SAU, de la que es dueño Javier Botín, hijo del empresario Emilio Botín.
La sección cuarta de lo Penal de la Audiencia Nacional, que se opuso en noviembre a la excarcelación, vio en noviembre riesgo de fuga y de destrucción de pruebas por los supuestos contactos de Colman “con personas que pudieran facilitar su sustracción a la acción de los tribunales” ante “el grave panorama penal al que se enfrenta”.
Según la Sala, en las diligencias de investigación practicadas hasta entonces aparecían “graves indicios de posible participación en hechos supuestamente constitutivos de varios delitos de índole patrimonial, perpetrados en un ámbito de opacidad empresarial diseñado para evitar injerencias externas”.
Los delitos serían contra la Hacienda Pública “agravado por razón de cuantía defraudada y la utilización de personas interpuestas”; falsedad documental, delito continuado de blanqueo de capitales “perpetrado en el seno de una organización delictiva”, delito contable y otro de participación en organización criminal.
Todo ello se deriva de “las actividades de afloramiento de dinero en efectivo obtenido de los franquiciados, que luego eran llevados al extranjero para ser legitimados en el entramado de empresas creadas para este fin, resultando imprescindible desarrollar conductas paralelas falsarias en el campo negocial y en el ámbito contable”.
El caso lo investigaba un Juzgado de Majadahonda (Madrid), que se inhibió a favor de la Audiencia Nacional al entender que es este tribunal el que debe instruirlo, aunque el juez Eloy Velasco rechazó inicialmente esa competencia.
La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional le obligó finalmente a quedarse con la instrucción de este procedimiento ya que se trata de una causa muy compleja que afecta a muchas regiones españolas.