El Juzgado Central de Instrucción número 5 de la Audiencia Nacional ha rechazado el recurso del PP contra el pago de 1,2 millones de euros de fianza como responsable civil subsidiario por el caso Bárcenas, argumentando que la diligencia por la que se le conminó a abonarla no es “objeto de impugnación”.
La Letrada de la Administración de Justicia suscrita al juzgado del que es titular José de la Mata ha adoptado esta decisión en un decreto en el que indica que no cabe recurso contra la resolución que dictó dando 10 días al PP para abonar dicha fianza, plazo que el partido cumplió el pasado viernes presentando un aval bancario.
Según la letrada, todas las cuestiones planteadas para rechazar esa fianza “no se encuentran contenidas en ningún de los pronunciamientos de la resolución impugnada”, ya que en ella se limitó a dar curso a lo ya resuelto en resoluciones firmes.
No obstante, abre la puerta al PP a que haga valer sus alegaciones “por la adecuada vía procesal”, esto es, ante el juez o tribunal que dictó la resolución “cuya aclaración o corrección se interesa”, tal y como propuso la Fiscalía cuando informó sobre este recurso.
En su recurso de reposición, el PP alegaba que a la hora de fijar esa cantidad el Juzgado no había tenido en cuenta los bienes ya depositados por algunos de los responsables directos.
“Habiéndose afianzado un total” de 15,6 millones de euros por parte de los acusados, los abogados del PP no entendían “por qué dicha cuantía no afectó, como necesariamente debería haberlo hecho, a las cuantías requeridas a esta parte”, que “no se vieron reducidas ni en un céntimo de euro”.
Otro presunto error al que apuntaba el recurso es que el Juzgado no había aplicado debidamente la rebaja en 577.249 euros acordada en su día para todas las fianzas, además de alegar indefensión al haber sido requerido “para el pago del 100 % de la responsabilidad civil” sin haberle sido notificadas “las labores de averiguación patrimonial” sobre los bienes depositados por los demás responsables civiles, “de cuya solvencia depende el consiguiente perjuicio patrimonial” del PP.
Por todo ello, los abogados consideraban que los bienes puestos a disposición del Juzgado por los acusados “serían suficientes” para cubrir la fianza exigida al partido, al que “no cabría exigir prestación de fianza alguna” a no ser que se le esté dando al PP el tratamiento de responsable solidario en lugar de subsidiario.
El PP calificaba así de “error” que De la Mata le reclamara esa cantidad con el argumento de que no han sido satisfechas la totalidad de las fianzas reclamadas a los principales acusados -los extesoreros del PP Luis Bárcenas (8,9 millones de euros), Álvaro Lapuerta (8,9) y Cristóbal Páez (7,4)- y al despacho de arquitectos Unifica, que reformó la sede del PP en la calle Génova y que debía pagar 4 millones.