La Unión Europea ha instado a España a respetar la presunción de inocencia y flexibilizar los requisitos en los envíos de remesas al extranjero, sobre las que pesa de manera injustificada la sospecha de blanqueo de capitales.
Esta semana, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea publicaba una sentencia sobre blanqueo de capitales y financiación del terrorismo, instando a España a modificar los requisitos que impone para el envío de remesas para no generalizar el riesgo de que éstas puedan tener como objetivo el blanqueo de dinero o la financiación del terrorismo.
El tribunal de Luxemburgo recuerda a España que la directiva comunitaria sobre blanqueo de capitales “se limita a establecer una armonización mínima” y permite a los Estados miembros adoptar o mantener en vigor disposiciones más estrictas, que en el caso español provoca situaciones grotescas.
Por ejemplo, es posible viajar en avión con 10.000 euros en efectivo, pero para enviar una cantidad tres veces menor es preciso presentar toda la documentación que justifique el origen de los fondos.
Se da la paradoja de que en ocasiones, las empresas de servicios de pago rechazan a clientes que quieren enviar cantidades pequeñas -el importe medio de una remesa en España ronda los 200 euros- porque no pueden presentar la documentación exigida, lo que provoca la exclusión financiera para estos usuarios.
Esto lleva a muchos residentes en España a buscar canales alternativos para enviar su dinero a sus países de origen, canales que escapan al control de Hacienda.
En este sentido, el socio del bufete Cremades & Calvo Sotelo Antonio Selas explica que hasta ahora, se suponía que toda transferencia era blanqueo de capitales, y eso es lo que han echado abajo.
Y es que la ley de 2010 que trasponía la directiva europea establecía una serie de medidas más rígidas que las contenidas en la propia norma europea, y aunque “el propósito era loable”, indica Selas, se generalizó la sospecha lo que motivó que hubiera que adoptar medidas de control de forma indiscriminada y generalizada.
La sentencia de la UE no va contra el sector bancario, sino que sitúa al ciudadano en el centro del debate, de modo que se agilice la libre circulación de capitales.
Además, una normativa tan exigente implica un aumento en los costes de las empresas de servicios de pago, y hace que muchas empresas desistan de instalarse en España; aproximadamente un 18 % de los costes de estas empresas se destina a la prevención del blanqueo.
Incluso el Banco Mundial ha expresado su preocupación por las trabas que se imponen a las remesas en España, y la propia sentencia conocida esta semana asegura que se vulneran los derechos fundamentales por lo estricto de los controles y que la legislación es desproporcionada.
Tradicionalmente, los principales países de destino de las remesas enviadas desde España son Rumanía, Marruecos, Ecuador, Colombia y Bolivia.
La sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea hacía alusión a una demanda que presentó la empresa Safe Interenvíos, que gestiona la transferencia de fondos a sus clientes en el extranjero a través de cuentas bancarias.
Liberbank, Banco de Sabadell y BBVA suspendieron los envíos al considerar que la empresa no cumplía con lo dispuesto en la ley española que traspuso la directiva europea de 2005. )