La Audiencia de Sevilla ha dejado sin efecto la petición de la juez Mercedes Alaya a la Junta de Andalucía de documentación sobre la posible responsabilidad de los diputados autonómicos en el caso de los ERE, por haber podido conocer las supuestas irregularidades en la concesión de subvenciones.
En un auto notificado ayer, del que hoy ha informado el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), los magistrados de la Sección Séptima de la Audiencia de Sevilla indican que “no se atisba ningún vestigio del que se pueda inferir a nivel de indicio o de sospecha fundada que en la comisión de esos delitos haya podido participar algún parlamentario andaluz integrante de la Comisión de Economía y Hacienda”.
Según argumentan los magistrados, este sería “el único extremo” que podría dar lugar a la línea de investigación que la juez Alaya pretendía abrir con la práctica de las documentales y pericia acordadas en el auto que emitió en el 3 de marzo de 2014, revocado ahora por la Audiencia.
La juez Alaya solicitaba los diarios de sesiones de la comisión parlamentaria de Economía y Hacienda y del pleno del Parlamento en las que, entre 2001 y 2010, se aprobaron los presupuestos de la Junta de Andalucía, donde estaban incluidas las supuestas ayudas irregulares.
Además, pedía a la Consejería de Hacienda y Administración Pública la acreditación de haber remitido al Parlamento de Andalucía, con la periodicidad trimestral que exigen las distintas leyes de presupuestos, los expedientes de modificaciones presupuestarias del programa 31L -en el que figuran las ayudas sociolaborales- de la Consejería de Empleo desde el año 2000 hasta la actualidad.
Alaya pedía también a los peritos de la Intervención General de la Administración General del Estado que investigaran la actuación de los parlamentarios.
En el auto de la Audiencia se indica que no se puede pedir a los peritos que indaguen con carácter general si los parlamentarios de la Comisión pudieron conocer las irregularidades denunciadas, ocultando o no poniendo en conocimiento de las mismas al resto de los diputados en los debates sobre presupuestos en esos 10 años, lo que implicaría, en su caso, su posible responsabilidad penal.
Los magistrados inciden así en lo manifestado ya por el juez del Tribunal Supremo, al afirmar que “no se considera razonable que el Parlamento Andaluz aprobara conscientemente un sistema integrado por un cúmulo de ilegalidades que abocaban necesariamente al descontrol”.
“Desde luego resulta muy difícil admitir que si (el Parlamento) hubiera tenido encima de la mesa los concluyentes informes de auditoría del Interventor General de Andalucía acerca de la ilegalidad del sistema, con los que sí contó el Gobierno Andaluz, hubiera aprobado el sistema de los créditos mediante transferencias de financiación referentes al Programa 31L”, afirma el auto.
La Audiencia estima así el recurso del Ministerio Fiscal y deja sin efecto igualmente el traslado de la documental ya admitida -y no cuestionada por este recurso- a los peritos de la Intervención General de la Administración del Estado.