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El TSJC anula la adjudicación de la empresa Aigües Ter-Llobregat

El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha decidido anular todo el procedimiento llevado a cabo por la Generalitat en 2012 para adjudicar la gestión de la empresa pública Aigües Ter-Llobregat (ATLL), por considerar que vulneró “los principios de publicidad, concurrencia e igualdad”.
En una sentencia a la que ha tenido acceso Efe, la sección quinta de la Sala Contencioso-Administrativa del TSJC se pronuncia por primera vez sobre el fondo de este enrevesado conflicto para anular el “conjunto del procedimiento de contratación”, que acabó ganando un consorcio liderado por Acciona frente a Agbar, en lo que supuso la mayor privatización de la historia de la Generalitat.
El 6 de noviembre de 2012, días antes de las elecciones catalanas, la Generalitat adjudicó la gestión de la empresa Aigües Ter-Llobregat a un consorcio liderado por Acciona junto al banco de inversión brasileño BTG Pactual, ambos con un 39 %, y en el que también participaban las familias Rodés y Godia-Torreblanca.
Poco después de conocer la adjudicación a Acciona, Agbar decidió llevar el caso ante el Órgano Administrativo de Recursos Contractuales de la Generalitat de Cataluña (OARCC), dependiente de la propia Generalitat, que le dio la razón y excluyó a Acciona del procedimiento, tras lo cual se desencadenó toda una batalla judicial entre Agbar, por un lado, y la Generalitat y Acciona y sus socios, por otro.
La sentencia, que se puede recurrir ante el Tribunal Supremo, argumenta que en el procedimiento ha habido “un vicio producido con anterioridad a la formulación de las ofertas de los licitadores”, que a juicio del tribunal “no tuvieron cabal conocimiento del alcance exacto de las exigencias relativas al programa de obras, lo que contradice los principios básicos de la contratación administrativa”.
El TSJC concluye que en el procedimiento que ha acordado anular “se han vulnerado los principios de publicidad, concurrencia e igualdad”.
Si bien Agbar solicitaba que se excluyera del procedimiento a Acciona y se le adjudicara directamente la gestión de ATLL y Acciona, por su parte, defendía la vigencia de su contrato, el tribunal opta por anular todo el procedimiento llevado a cabo por la Generalitat a finales de 2012 para obtener ingresos que le permitieran reducir su déficit.
El tribunal considera que “la infracción” de los principios de publicidad y concurrencia que aprecia en el proceso avalan la anulación de la adjudicación, aunque por argumentos distintos a los esgrimidos por el OARCC.
El TSJC recuerda en su sentencia que la resolución del OARCC que desencadenó toda la batalla judicial “no incorpora de forma explícita una anulación de la adjudicación del contrato”, aunque considera que este pronunciamiento “resulta claramente implícito” en la medida en que es “consustancial” a la propia exclusión de Acciona del proceso.
No obstante, la sentencia da en este punto parcialmente la razón a la Generalitat y rechaza excluir explícitamente a Acciona del proceso, aunque va más allá y entiende que la anulación “debe extenderse al conjunto del procedimiento de contratación”.
La Generalitat se apuntó contablemente en 2012 los 1.000 millones euros en que estaba valorada esta operación con el fin de reducir su déficit de ese año, por lo que ahora este conflicto, a expensas de eventuales recursos ante el Supremo, amenaza con tener repercusiones tanto sobre su déficit como sobre su tesorería, ya que el consorcio liderado por Acciona abonó inicialmente unos 300 millones por esta adjudicación.

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