Opinió

La primera

Desde un primer momento se advertía que el proceso de liquidación de la concesión del servicio de suministro de agua en Terrassa iba a ser complicado ante la falta de entendimiento de las partes, esto es, Ayuntamiento y la concesionaria, Mina Pública d’Aigües de Terrassa. Lo que hoy es acuerdo y colaboración no siempre lo fue y el nivel de enfrentamiento llegó a cotas de gran tensión que provocaron una judicialización del proceso. La primera batalla ha sido favorable a Mina, diríamos que muy favorable, aunque la sentencia no es firme, y el Ayuntamiento ya ha anunciado que apelará al Tribunal Superior de Justicia de Catalunya y si es necesario, al Supremo.

La resolución judicial significa un varapalo importante para el Ayuntamiento, no tanto por la repercusión inmediata que se pueda dar, sino porque asume el grueso de la argumentación de Mina sobre cuestiones importantes de la liquidación y justifican que la empresa recurriese a la vía legal para defender sus intereses. Recordemos que Mina fue muy criticada por su actitud ante el proceso, que desde el Ayuntamiento se calificó de poco colaboradora e incluso entorpecedora. De todas formas, hay que situarse ante la sentencia con cierta prudencia, porque no sólo no es firme, sino que llega en un momento en el que las partes han llegado a acuerdos de gran importancia y algunas de las cuestiones que se dirimen en el contencioso están incluso resueltas, o al menos, provisionalmente resueltas.

No es lo mismo gestionar una situación en un escenario de enfrentamiento abierto que hacerlo en un clima de diálogo al que se ha llegado gracias a un acuerdo que beneficia a las dos partes: Mina es el principal proveedor de Taigua, la nueva empresa pública que gestiona el servicio, con lo que unos siguen vinculados al suministro en calidad de subcontratados y el Ayuntamiento compra conocimiento y experiencia para mantener el suministro en los estándares que ha distinguido a la ciudad.

Por otra parte, la sentencia no cuestiona la gestión actual, que es pública, sino la liquidación y las condiciones impuestas durante el traspaso. En ese sentido, no es cuestión menor que la resolución dé la razón a Mina en que el servicio no estaba municipalizado y anule los acuerdos plenarios del Ayuntamiento relativos a la liquidación, esencialmente en lo que a los bienes revertibles se refiere, y revoque las condiciones en que se impusieron las prórrogas a la empresa concesionaria. El proceso durará años y habrá que ver si la vía judicial puede convertirse en un argumento negociador para que fortalezca la posición de Mina en un futuro.

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