La ciudad es desde ayer la primera de Catalunya en dotarse de un protocolo local de intervención en red en situaciones de riesgo y/o maltratos a la infancia y a la adolescencia, con la implicación de todos los agentes que tienen responsabilidad en este ámbito y según los criterios marcados por la legislación de protección de los derechos de la infancia.
El nuevo protocolo fue presentado ayer en el Auditori y celebrado por los representantes de cada sector. El alcalde de Terrassa, Alfredo Vega, subrayó que el trabajo conjunto que “se llevará a cabo de protección a la infancia es la clave de éxito” y manifestó su “compromiso de velar para prevenir y abordar cualquier situación de riesgo que ponga en peligro el día a día del niño”.
La reflexión del alcalde fue compartida por los representantes que le precedieron en la palabra y que están involucrados en la atención y seguridad del menor: Roger García y Abel Martínez, jefes de pediatría de MútuaTerrassa y Consorci Sanitari de Terrassa, respectivamente; Jesús Viñas, director de Serveis Territorials d’Educació y Josep Tello, intendente de Mossos d’Esquadra. El acto también contó con Eulàlia Creus, jefe del Servei d’Atenció a la Infància i l’Adolescència de Barcelona Comarques.
Tres circuitos
El protocolo de detección y atención por maltrato infantil y en la adolescencia es fruto de horas de trabajo de todos los agentes que intervienen para fijar, dentro del marco legislativo, unos criterios de actuación unificados en el caso de que se detecte una situación de este tipo. A partir de la experiencia de los servicios, se han establecido tres circuitos que describe los pasos a seguir en caso de situaciones de riesgo de maltrato. Quedan tipificados como A, si es leve o moderado; B si es grave y C si es de urgencia; este último cuando de detecta un maltrato físico o un abuso sexual activo y requiere de una actuación inmediata. El documento describe de modo amplio cómo se pueden identificar los factores de riesgo que son potenciadores del maltrato o los factores de protección que lo pueden compensar. Así, detalla una serie de ítems como saber cuál ha sido el proceso evolutivo del menor y su entorno familiar, social y cultural. Y también saber si la persona tiene cubiertas sus necesidades básicas, cognitivas y emocionales. Superado este primer estadio de información, los agentes deberán valorar el nivel de riesgo en A, B y C. Para ello tendrán que estimar el tipo de maltrato y cuál es su incidencia temporal. También habrá que indagar sobre el entorno familiar y social.
El protocolo marca que cuando alguna persona de la red de servicios o del entorno familiar ha detectado un caso de riesgo o/y maltrato en menores debe informar a la familia y a los Servicios Básicos de Atención Social, los cuales asignarán en el plazo de una semana la persona que llevará el caso. Estos servicios también trabajarán para hacer un diagnóstico en un plazo máximo de tres meses. En el supuesto de que el diagnóstico se considere grave, el caso pasará directamente a los Equipos de Atención a la Infancia y a la Adolescencia (EAIA) de la Generalitat.
El protocolo define también cómo detectar una situación de agresión grave. Especifica aquí una serie de circunstancias como que se de un rechazo implícito por parte de los padres o adultos responsables; indicios de maltratos físicos o psíquicos o de abusos sexuales o de prostitución; señales de desatención por parte de los padres o cuidadores en menores con enfermedad grave, indicadores de desamparo en niños de 0 a 6 años o embarazos de riesgo.
Protección
En este sentido, si la escuela, los servicios de salud y la policía tienen conocimiento de un posible caso de maltrato infantil que de positivo en lo citado con anterioridad, debe llevar a cabo acciones protectoras inmediatas y comunicar la información a la Direcció General d’Atenció a la Infància i a la Adolescència de la Generalitat, para que esta ponga en marcha los dispositivos necesarios para hacer efectiva la protección del niño o la derivación al equipo específico.
Simultáneamente lo debe comunicar a los Mossos d’Esquadra. La información a la policía debe hacerse si es necesario una intervención urgente para la protección del niño o del adolescente e incluso para la protección de otros menores relacionados. También hay que informar a la familia de las actuaciones que se lleven a cabo. También se aconseja que se valore si es necesario poner una denuncia en la autoridad judicial.
En paralelo también se fija que la red de servicios que detecte el caso debe acompañar al menor al centro hospitalario más próximo, para que le hagan una exploración y el centro hospitalario tiene que informar del resultado a la Generalitat, al juzgado de guardia y a los cuerpos de seguridad.