Falseó un contrato de ADSL, usando los datos de un anciano, y firmó uno en su favor, cargando, por supuesto, los gastos al perjudicado. Eso considera probado la sentencia que ha condenado a un exempleado de una compañía de telefonía a siete meses de prisión y siete meses de multa (2.100 euros) por falsedad en documento y a otra multa de 300 euros por estafa. Deberá pagar 154,54 euros, más intereses, de indemnización.
El empleado, con antecedentes penales por otros hechos, trabajaba en una tienda de telefonía. El 14 de marzo del 2014 aprovechó su condición para formalizar un contrato de servicio ADSL, más fijo y más teléfono móvil, utilizando para ello el nombre y el DNI de otra persona, un hombre de 78 años. Por supuesto, el acusado no pagó los consumos de marzo, abril y mayo de ese año, ni el recargo por retraso en el pago que la compañía aplicó tras desactivar las líneas en junio.
Como oficialmente constaba en el contrato el nombre del anciano, éste recibió diversas reclamaciones de la firma de telefonía e incluso fue incorporado al fichero Asnef de morosos.
Una sentencia del juzgado de lo penal número 3 de Terrassa condenó al procesado, que decidió recurrir esa primera resolución alegando que había dado de alta a la víctima por error. Aseguró que los datos de aquel hombre figuraban en el sistema informático y que hizo un "corta y pega" cuando lo único que pretendía era efectuar un contrato a su propio nombre. Se equivocó al teclear el DNI, dijo.
Desestimación del recurso
El argumento de descargo es desestimado por la Audiencia Provincial. No sólo porque los números de DNI de uno y otro fuesen muy distintos, sino porque el nombre del contratante debía figurar hasta tres veces en los documentos, "por lo que necesariamente el acusado debió tenerlo a la vista y salir del eventual error". Resulta una anomalía también, según el tribunal, que para realizar el contrato no usara su número identificativo sino el de un compañero. Además, el acusado no tenía fondos en la cuenta en la que domicilió los pagos, pero hizo consumos durante tres meses.
El tribunal cree razonable la primera sentencia y la confirma: siete meses de prisión y 2.100 euros de multa por un delito de falsedad en documento mercantil y treinta días de multa, a diez euros diarios, por una falta de estafa.
El exempleado deberá pagar a su antigua empresa 154,54 euros en concepto de responsabilidad civil, cantidad a la que se deben sumar intereses.