El Tribunal Superior de Justícia de Catalunya (TSCJ) ha condenado a la Agència Catalana de l’aigua (ACA) a costear y reparar las obras de encauzameinto de la Riera del Palau y el Torrent de Vallparadís, algo que el Ayuntamient de Terrassa llevaba reclamando desde el año 2012. Esta sentencia, según el consistorio, marca un cambio de criterio judicial en cuanto a sobre quién recae la responsabilidad de mantener las rieras y los cursos de agua.
La sección tercera de la Sala de lo contencioso-administrativo, estimó la pasada semana el recurso de apelación que había presentado el consistorio egarense, como contraposición a una sentencia anterior, que desestimaba las alegaciones presentadas. Esta fue la respuesta del Ayuntamiento de Terrassa después de la postura de la ACA de ignorar el requerimiento de julio de 2014, tras dos años de clara inacción por parte de la agencia.
El consistorio, en esta oportunidad, exhortaba a la agencia que actuara de manera urgente en los tramos más endebles del encuazamiento de la riera del Palau y del Torrent de Vallparadís. En esto se incluía la reconstrucción de los tramos de los muros derruidos por los aguaceros de 2012 y 2013.
Concretamente, el consistorio terrassense reclamaba, en el recurso presentado, que "se restituyan las condiciones hidráulicas del encauzamiento y se preserve la contiuidad de los caminos situados en su margen".
Además, en la misma resolución, se evidencia que "la negativa por parte de ACA de cumplir con el mantenimiento de las obras hidráulicas ejecutadas por la administración autonómica", apelando a la Ley sobre el Plan Hidrológico Nacional, "no tiene ninguna base legal". Se añade también que ni la Riera del Palau ni el Torrent de Vallparaísds "foman parte de cuencas hidrológicas de competencia del Estado". por todos estos motivos, se concena a la ACA a la ejecución de las obras requeridas para reparar los puntos señalados en el informe técnico.
Seis meses de plazo
La agencia, según reza la sentencia, tendrá un plazo de seis meses para poder redactar el proyecto de obras de reparación, que se cuentan desde la firmeza de la sentencia. Para el cumplimiento de las obras, también se decreta en la resolución un intervalo de tiempo idéntico, seis meses.
La ACA, no obstante, tiene la potestad de presentar un recurso de casación y, por ello, tiene un plazo de treinta días hábiles para hacerlo, a contar desde el siguiente día hábil a la recepción de la notificación. El Ayuntamiento local considera que esta sentencia es "especialmente relevante".