¿Cómo creer que alguien, dueño legítimo de la propiedad, alquilaría una casa de tres plantas, por tiempo indefinido, a cambio de 300 euros? La Justicia no considera verosímiles los argumentos de un hombre acusado de usurpación por ocupar ilegalmente un inmueble (de tres plantas, queda dicho) en Terrassa. Ha sido condenado a una multa de 270 euros. Él adujo que pagó a un tercero los 300 euros por las llaves del domicilio que debe abandonar. También hizo alegaciones sobre el estado del edificio, que la Audiencia Provincial rechaza.
El "ocupa" entró en la finca en las navidades del 2016, "con ánimo de permanecer" en la casa y a sabiendas "de que carecía de autorización o título para ello", según indicó la sentencia del juzgado de instrucción número 2 de Terrassa que lo condenó en primera instancia. El inmueble era propiedad de una empresa, de una promotora, y allí no vivía nadie. El administrador de la sociedad presentó la correspondiente denuncia cuando se enteró de la ocupación. La resolución judicial consideró al acusado autor de un delito leve de usurpación y le impuso una multa de 270 euros. Por supuesto, le instó a restituir la vivienda a su dueño.
No sabía que aquello era ilegal, dijo él. No tenía conocimiento de que el dueño real de la propiedad no le hubiera dado permiso para vivir allí. Creía que podía convertir en morada aquel edificio porque había pagado 300 euros a un tercero que le dio las llaves, según su versión. Tanto el procedimiento como la cifra son habituales en los circuitos de traspasos ilegales de viviendas, pero el argumento del acusado no resiste la más mínima crítica, según la Audiencia Provincial.
El tribunal confirma la sentencia de instancia y desestima el recurso que el procesado presentó contra el fallo condenatorio. Dice el tribunal que esa primera resolución establece "claramente" que el apelante entró en el inmueble sin título que se lo autorizase y que su finalidad no pasaba por una ocupación momentánea, sino que tenía vocación de continuidad en el tiempo. Estaba dispuesto a quedarse a vivir en aquel lugar todo el tiempo que pudiese, hasta que lo echasen. Él mismo declaró que llevaba un año residiendo allí y cuando se celebró el juicio, dos meses después de la denuncia, allí seguía. Es punible entrar sin autorización en un inmueble ajeno con la finalidad de permanecer en el sitio, aunque sea temporalmente, apunta el magistrado.
Inverosimil
Frente a las evidencias, no tiene peso de descargo que el acusado afirme que creía tener derecho a la posesión de la casa porque un individuo le dio las llaves por 300 euros. Además, en el juicio, el ocupante llegó a decir que había comprado la casa. La Audiencia Provincial destaca que el reo no aportó ninguna prueba de aquella transacción; aunque no hubiese contrato escrito, pues seguramente no los hay en este tipo de entregas bajo mano, tampoco identificó al supuesto arrendador, ni este fue citado a declarar en el proceso.
"Por otro lado, resulta inverosímil que alguien pueda pensar que un poseedor legítimo alquilaría una casa de tres plantas, por tiempo indefinido, a cambio de sólo 300 euros", señala el tribunal, y luego agrega: "El denunciante, suponiendo que efectivamente hubiese recibido las llaves de un tercero a cambio de 300 euros, era plenamente conocedor de que la casa ni era del tercero, ni este actuaba en representación del titular del inmueble". El "arrendador" le dijo que la finca era de un banco, según informó el propio acusado en el juicio.