Qué más da que el portador no fuese el autor directo de aquella falsificación, viene a decir la Justicia. Lo importante es que el DNI falseado era suyo, con su foto. Bien pudo encargar la mistificación a un tercero que dispusiese de la maquinaria adecuada para tal fin. El portador del DNI, que los Mossos d’Esquadra le requisaron en una identificación por un asunto de violencia doméstica, ha sido condenado a seis meses de prisión y al pago de una multa de 540 euros.
El delito: falsedad en documento oficial. El juzgado de lo penal 2 de Terrassa, culminando un procedimiento abierto en el 2017, impuso al acusado seis meses de cárcel y otros seis meses de multa, a razón de tres euros de cuota diaria. El procesado apeló la sentencia y la Audiencia Provincial ha confirmado la primera resolución.
Esa sentencia, según el apelante, había incurrido en error al valorar la prueba porque no quedaba acreditado que él, el acusado, hubiera ejecutado la falsificación ni que la hubiera encargado. Él no tenía medios ni maquinaria para llevar a cabo una falsificación considerada “compleja”.
Un mosso había encontrado el DNI entre las pertenencias del encausado cuando lo identificó por un caso de violencia doméstica. Otros mossos especialistas en falsificaciones hablaron de un documento elaborado y resultado del uso de buenos materiales. Para la Audiencia, es “irrelevante” si el acusado tenía maquinaria sofisticada o no: “Necesariamente tuvo que entregar su propia fotografía para la elaboración falsa”.