Terrassa

Condenado un conductor ebrio que causó dos heridos

Aquella noche, la del 22 de mayo del 2014, multiplicó por cinco la tasa máxima de alcoholemia permitida en la conducción. Aquella noche conducía un Audi que se estrelló contra otro turismo, un Citroën Xsara, en La Cogullada. Dos personas que viajaban en ese segundo automóvil resultaron heridas. El conductor embriagado y su compañía de seguros deberán pagarles 1.320 euros de indemnización. El responsable ha sido condenado, además, a una multa de 2.700 euros y a dos años sin carné.

Eran las nueve de la noche. El acusado conducía su coche por la avenida de Joaquim de Sagrera. No se encontraba en las mejores condiciones para ir al volante. Según la Justicia, tenía mermadas sus facultades psicofísicas por la ingestión de alcohol. Debido a su estado, su automóvil colisionó contra otro, al que alcanzó por la parte trasera.

Llegaron agentes de la Policía Municipal, que conminaron al conductor causante del accidente a soplar en las pruebas de alcoholemia. Sopló, y los resultados corroboraron los síntomas de intoxicación etílica que los policías habían apreciado. Dio una tasa de 1,03 miligramos en el primer test y otra de 0,96 en el segundo, efectuado quince minutos después del primero.

Los niveles de alcoholemia eran constitutivos de delito. Según dos sentencias, el acusado mostraba "síntomas tales como fuerte olor a alcohol, ojos rojos, variaciones del comportamiento, habla repetitiva, tono alto o deambulación parcial con pérdida de verticalidad". El conductor del otro vehículo sufrió cervicalgia postraumática, la misma lesión que padeció una mujer ocupante del mismo automóvil.

El juzgado de lo penal número 3 de Terrassa dictó una sentencia condenatoria que el procesado apeló ante la Audiencia Provincial, pero la sección sexta del tribunal barcelonés ratificó la primera resolución. Tumbó el recurso.

Medicamentos
La defensa alegó que el acusado tomaba medicamentos, lo que aquel día pudo producir una reacción no deseada al mezclar su ingestión con la del alcohol. Y expuso que los daños ocasionados habían sido mínimos.

El tribunal, aun considerando cierto que el acusado tomase medicamentos, no cree probado que aquella noche los hubiese consumido, "ni que ello hubiere sido el detonante del estado que reflejan las pruebas realizadas". Además, el informe médico afirmó que "la ingesta medicamentosa no altera los niveles de alcohol sanguíneo". Y tanto las declaraciones de los testigos como las pruebas de alcoholemia decían lo que decían. La conclusión: el conductor responsable del accidente cometió un delito contra la seguridad vial.

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