Opinió

La administración debe actuar en el sector inmobiliario

Cuando ha quedado más que demostrado que la desregularización que ha existido -y que existe- en el sector inmobiliario en España puede llevar a generar la ruina de un país, y cuando se ha podido identificar la mayoría de disfunciones en el sistema que han permitido que ese riesgo haya sido más que una posibilidad, sería de necios no poner remedio a esa situación.

Las administraciones públicas no han tomado las medidas correctoras necesarias, que no se pueden diseñar ni implantar cuando a uno le convenga. Necesitan de un tempo muy condicionado.

Quien sí que ha adoptado medidas desde hace unos pocos años es la banca. Actualmente, todo promotor que pretenda iniciar una promoción en la que tenga necesidad de utilizar un préstamo hipotecario conoce la "intervención" económica a la que ha de someter su proyecto.

La condición indispensable para disponer de financiación para una promoción es someterse de forma permanente al control económico de un tercero, propuesto por la entidad financiera pero pagado por el promotor. Estos profesionales, denominados "controllers" o "project monitoring", ejercen una fiscalización de toda la gestión económica del proyecto. Las entidades financieras llegan incluso a pagar directamente a los industriales y proveedores, sin que el promotor toque el dinero.

Desde el mundo anglosajón nos llega otro tipo de profesional, denominado "quantity surveyor", que, con los conocimientos del arquitecto técnico español en cuanto a esos aspectos de control económico, viene desarrollando con gran prestigio esas funciones. En Inglaterra no se concibe abordar una construcción de mediana dimensión sin la intervención de esos profesionales y existen empresas dedicadas al "quantity suyrveying" que tienen más de 230 años de antigüedad.

Con estas nuevas figuras se soluciona sólo en parte el problema. Hay otras muchas disfunciones que corregir y regular. Nadie hasta el momento se ha puesto a trabajar para exigir, desde las administraciones, que todos los intervinientes en el proceso constructivo tengan cobertura obligatoria de responsabilidad civil, excepción hecha de los técnicos y del promotor, y únicamente para determinados supuestos de riesgo. ¿A qué espera la Administración para implantar esta obligatoriedad de cobertura aseguradora de todos los intervinientes en el proceso constructivo?

Gracias a este vacío legal, cualquiera puede trabajar como industrial de la construcción sin que nadie le obligue a tener una cobertura aseguradora. Pero de eso hablaremos otro día.

* El autor es presidente del Col·legi d’Aparelladors de Barcelona (CAATEEB) 

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