Eran viejos conocidos de la policía por sus artimañas en hurtos. En septiembre del 2016 los pillaron una vez más en una sustracción de manual: él agarró el botín y caminó con cautela hacia la salida mientras ella, su compinche, entretenía a la dependienta. El robo lo perpetraron en una juguetería y la pieza hurtada fue, en efecto, un juguete: un artículo de la marca Lego valorado en casi 240 euros. El juguete no apareció, pero los sospechosos fueron identificados, imputados, acusados y juzgados. Y condenados: a catorce meses de prisión.
Ambos, con antecedentes penales, son rumanos. Según una sentencia del juzgado de lo penal número 2 de Terrassa, luego confirmada por la Audiencia Provincial, el dúo de hurtadores se dirigió el 21 de septiembre del 2016 a una juguetería de la Rambla d’Ègara. Eran las 6.30 de la tarde.
Ella alegó que no quedaba probada su connivencia con el acusado y él, que en la grabación de la cámara de seguridad sólo se veía a una persona portando un juguete, sin que sonara la alarma, y que no se peritó el objeto sustraído. Pero la Audiencia Provincial ratifica la primera resolución y afirma que el visionado de una grabación "permite ver perfectamente al acusado caminando hacia la salida por un lado del establecimiento, llevando la caja del juguete, que es de un tamaño relevante". Y se observa que, al mismo tiempo, la procesada se dirige a una empleada para que la acompañe, se presume que a ver otro artículo.
La dependienta deja su lugar junto a la caja registradora y pierde de vista la puerta de salida. Y el hurtador aprovecha ese momento para huir con el botín.
Acción concertada
No podría haber escapado sin llamar la atención de la trabajadora de no contar con la ayuda de la acusada, con su maniobra de distracción, destaca el tribunal. Incluso se puede observar en las imágenes cómo el encausado se detiene y mira hacia la caja registradora a la espera de que su compinche reclame a la empleada. Se marcha hacia la puerta cuando se cerciora de que la dependienta ha picado el anzuelo.
De esa secuencia del vídeo se deriva la componenda, "la actuación de común acuerdo" entre los acusados para perpetrar el robo al descuido. Queda desmontada la versión de los procesados sobre una supuesta actuación independiente y separada y, de manera especial, sobre la no participación de la inculpada en los hechos.
En cuanto a la falta de peritación del juguete, el tribunal sostiene que es "irrelevante", pues consta su precio de venta al público. Es posible, según la sentencia, que el artículo no llevase alarma o que el propio ladrón se la quitara. Como el Lego no apareció, los acusados han sido condenados, además de a la pena de catorce meses de prisión, a indemnizar al establecimiento con 239,95 euros, el valor del juguete.