A un hombre le manaba sangre de la cabeza. Una pelea, una pelea entre dos personas mayores, alertaron testigos a la Policía Municipal. Era el 8 de julio del 2013. El herido recibió unos cuantos bastonazos y sufrió una herida en la frente, amén de hematomas en un brazo y un costado. Y el acusado del apaleamiento ha sido condenado a siete meses de prisión y a pagar 1.250 euros de indemnización a la víctima. Y a hacerse cargo del pago de las costas del juicio. La Audiencia Provincial ha ratificado la sentencia de un juzgado de Terrassa que impuso el reproche penal.
A eso de las cinco de la tarde, la Policía Municipal recibió la llamada de un testigo desde la calle de Sant Tomàs, en Ca n’Anglada. Refería una trifulca "entre dos personas mayores" y las heridas sufridas por uno de los implicados, con la cabeza ensangrentada.
Varios agentes se desplazaron al lugar y confirmaron los hechos. Al parecer, los involucrados en la refriega se conocían de antemano, pero no trascendieron los motivos de la disputa. La sentencia que acabó condenando al autor de los bastonazos explicó que el agresor se dirigió a la víctima, un hombre que estaba sentado en un banco; y empezó a golpearlo con un bastón. Retahíla de golpes en la cabeza y un costado, descargas de palos. No había mediado provocación alguna, según la resolución.
El sospechoso de la agresión fue condenado a una pena de siete meses de prisión (con el atenuante de dilaciones indebidas por el retraso en el proceso) y a pagar al atacado 450 euros por las lesiones y 800 por las secuelas.
La víctima, que fue trasladada al Hospital de Terrassa, padeció una herida de tres centímetros en la región frontal y hematomas en un brazo y equimosis en un costado. En el hospital tuvieron que aplicarle puntos de sutura. Le quedó como secuela una cicatriz que le ocasionó un "perjuicio estético ligero", según el juzgado de lo penal número 2 de Terrassa.
La defensa recurrió el fallo condenatorio argumentando la concurrencia de una eximente de legítima defensa y existencia de versiones contradictorias sobre lo ocurrido, pero tales contradicciones no dejan de ser frecuentes tanto en los implicados directos como en los testigos que corroboran sus relatos, según advierte el tribunal.
Verosímil
Al juzgador le corresponde calibrar las versiones y su verosimilitud, y el juzgador de este caso concedió mayor credibilidad a un implicado que a otro. Consideró su narración verosímil y persistente, lo que, unido a los resultados lesivos, lo llevó a fundamentar el fallo condenatorio. Además, según resalta el tribunal, el propio acusado admitió la agresión, aunque la justificó porque el agredido le había proferido amenazas antes.
¿El condenado realmente se defendió o, cuando menos, quiso neutralizar un peligro cierto de agresión de la otra parte? La Audiencia Provincial cree probado que no hubo provocación previa, ni agresión inicial de la víctima al acusado, ni riesgo real que generase una reacción defensiva.
"Si no hay nada que defender, no cabe la legítima defensa", declara el tribunal, de la sección octava. En todo caso, ante una discusión como la que se desató aquella tarde, "los medios empleados por el acusado no eran los menos gravosos de los disponibles, y por lo tanto no eran los racionalmente necesarios", añaden los magistrados. O sea: podía haber reaccionado de otro modo, no a bastonazos.
Los datos
La pena. El hombre procesado por la agresión ha sido condenado a una pena de siete meses de cárcel
La indemnización. La Justicia impone al acusado el pago de 1.250 euros de responsabilidad civil: 450 por las lesiones y 800 por las secuelas