El Tribunal de Cuentas ha decidido hoy continuar con el juicio contable al expresident Artur Mas por la consulta del 9N y nombrar a un delegado instructor para que determine si debe pagar con su patrimonio los costes de dicha jornada.
Así se ha resuelto en sendos autos conocidos hoy, con los que la Sección de Enjuiciamiento del Tribunal ha desestimado, por un lado, el recurso de la Generalitat de Cataluña en contra de dicho procedimiento sobre una posible infracción a Mas y a los exconsellers Francesc Homs, Irene Rigau y Joana Ortega.
Tanto a Mas como a sus entonces consellers se les está investigando para determinar si tienen responsabilidad en el gasto de más de 5 millones de dinero público en la consulta del 9N.
Vistos los recursos de la Generalitat y los escritos de la Fiscalía y de la Abogacía del Estado, el Tribunal de Cuentas ha emitido otro auto para anunciar que continúa el procedimiento mediante la designación de un delegado instructor, lo cual puede recurrir la Generalitat en un plazo de cinco días.
En el auto, el órgano fiscalizador recuerda que la Fiscalía denunció en su momento “presuntos daños” a los caudales públicos por el pago de la logística e infraestructura de aquella consulta sobre la independencia de Cataluña.
Los costes investigados van desde los cerca de tres millones de euros invertidos para la adquisición de ordenadores empleados en las mesas de votación, o desde los más de 828.000 para la campaña institucional, al millón de asesoría informática o a los 308.000 euros por envío de información.
En suma, más de 5 millones de euros que pide investigar la Fiscalía y sobre los que podrían responder Mas y los exconsellers con su propio patrimonio, siempre y cuando el Tribunal de Cuentas vea infracción.
La Sala de Justicia del Tribunal de Cuentas considera que puede haberse producido “un posible menoscabo del erario debido a la adopción de decisiones de gasto y pago” sin el “suficiente respaldo normativo”, algo que, por otra parte, ha explicitado ya en autos anteriores.
Cree, asimismo, que están identificados “de manera suficientemente precisa” unos hechos de los que “se pudiera haber derivado un daño a fondos públicos” y que serían constitutivos de “responsabilidad contable”.
La normativa de funcionamiento del Tribunal de Cuentas establece que, en esos supuestos, ha de solicitarse la designación de un delegado instructor que investigue los hechos.
Eso mismo habían pedido ya tanto la Fiscalía como la Abogacía del Estado, pero no la Generalitat de Cataluña, cuyos servicios jurídicos han reiterado que lo que cabe es el archivo del proceso al no advertir “alcance contable”.
Estima la Generalitat que los gastos reseñados el 9N tuvieron la “suficiente cobertura constitucional, estatutaria, presupuestaria, legal y contable”.
Sin embargo, el Tribunal de Cuentas cuestiona que la Generalitat no dé margen siguiera a que un delegado instructor analice los hechos denunciados y corrobora que “no cabe” llegar a la conclusión de que no haya alcance contable.
Por ello, el órgano fiscalizador ha optado por dar el siguiente paso en este tipo de procedimientos, que es el que además marca su reglamento: ese paso es el nombramiento del instructor.