Terrassa

Agredió a la empleada de un comercio para robar alimentos

En el delito de hurto no interviene el empleo de la violencia ni de la fuerza, sólo el descuido de la víctima o la pericia y la rapidez del delincuente. Seguramente ella, la ladrona en este caso, quería hurtar alimentos, llevárselos de extranjis de un comercio, pero acabó cometiendo un robo violento, agrediendo a una empleada del establecimiento que intentaba evitar la sustracción. Y como tal, como autora de un robo con violencia, aunque en grado de tentativa, ha sido condenada a una pena de nueve meses y un día de prisión.

Ocurrió en el 2015. No hay día sin hurtos en Terrassa y muchos de los robos al descuido son perpetrados por personas que usan carritos de niño para esconder los artículos robados. Esa misma fue la estratagema usada aquel día por la acusada en un comercio local, pero le salió mal la jugada. La vieron.

Una empleada del establecimiento quiso evitar el hurto y recuperar los productos, pero la situación se tornó muy caliente con la réplica de la hurtadora, que se abalanzó sobre la trabajadora y la emprendió a golpes con ella. La víctima consiguió zafarse de la agresora con ayuda de unos clientes.

Eso indica la sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona que ha condenado a la acusada, argumentando que las imágenes de seguridad aportadas a la causa no dejan dudas: la ladrona, al contrario de lo que alegó ella misma en su descargo (dijo que sólo se defendió), empleó la violencia en su intento de robo, aunque al final no alcanzara su propósito de apoderamiento del botín.

La violencia sobrevenida transforma en un delito de robo violento la infracción precedente de hurto, "siempre que la violencia aparezca antes de consumarse la infracción contra el patrimonio", señala la sentencia en alusión a la jurisprudencia del Tribunal Supremo. Los golpes a la empleada se dieron después de la aprehensión del género, "pero dentro de un mismo contexto delictivo".

La descuidera cometió un robo y un delito leve de lesiones. Una primera sentencia, del juzgado de lo penal número 2 de Terrassa, le impuso una pena de un año y ocho meses de prisión por un delito de robo con violencia en grado de tentativa y otra pena de multa de 244 euros por el delito leve de lesiones, pero esa resolución inicial, si bien queda corroborada en lo esencial del relato de hechos, es considerada por la Audiencia Provincial demasiado rigurosa. Dura en exceso, por encajar los hechos en el tipo básico y no en el atenuado, previsto para casos menos graves.

Nueve meses y un día
Y el tribunal considera este caso "menos grave" que otros, en parte por la naturaleza y el escaso valor de los productos. La pena definitiva: nueve meses y un día de prisión por el robo y la multa por las lesiones, a lo que se debe unir el pago de una indemnización de 150 euros a la empleada atacada.

La hurtadora acusada, que luego devino ladrona violenta según ha indicado el tribunal, ya tenía antecedentes en su historial.

To Top