Terrassa

Las eléctricas no quieren pagar por el paso de líneas a través del municipio

Los frentes judiciales abiertos por las grandes compañías de servicios contra el Ayuntamiento no paran de crecer. A la batalla emprendida por las operadoras de telefonía móvil contra la tributación local, se suma también la de las empresas eléctricas, que rechazan la tasa que el Ayuntamiento puso en marcha en 2012 para gravar el uso que estas y otras compañías hacen de la vía pública para el paso de sus canalizaciones o tendidos eléctricos aunque no sea para dar servicio directo a la ciudad.

La guerra no se ha acabado, pero de momento el Consistorio está perdiendo las primeras batallas. El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha dado la razón a Endesa, como ya hizo en primera instancia un juzgado de lo contencioso de Barcelona, en su rechazo a pagar la tasa municipal. Concretamente, la compañía eléctrica recurrió el cobro del tributo local del año 2012, que ascendía a 103 mil euros.

En su sentencia, el TSJC rechaza el recurso de apelación presentado por el Ayuntamiento contra el fallo del tribunal contencioso, de mayo de 2016. El TSJC acaba compartiendo los razonamientos de la sentencia impugnada, que rechaza el sistema de cálculo empleado por el Consistorio y concluye que Endesa debería tributar de acuerdo al 1,5% de los ingresos procedentes de la facturación que obtiene en Terrassa.

El Ayuntamiento está en desacuerdo con este planteamiento. De hecho, Endesa y otras compañías explotadoras de servicios de suministro de interés general ya pagan una tasa por el uso del dominio público. Y la cuota va en función del 1,5% de sus ingresos en la ciudad. Este tributo va dirigido a compañías que para prestar servicio en Terrassa deben utilizar una red de canalizaciones u otro tipo de infraestructuras que implica utilizar la vía pública.

Atravesar el territorio
En cambio, la tasa cuestionada pretende gravar la instalación de líneas eléctricas o de gasoductos, por ejemplo, que atraviesan el municipio sin dar servicio directo a Terrassa. El Ayuntamiento entiende que hay margen para gravar este de uso privativo del dominio público local de forma diferenciada con la tasa ya asimilada y regulada desde hace años por la Ley de Haciendas Locales. La tasa afecta, concretamente, a empresas operadoras o explotadoras de los sectores de agua, electricidad, telecomunicaciones e hidrocarburos.

El tributo de la polémica, que entró en vigor en 2012 pero que nunca ha podido aplicarse por haber sido rápidamente impugnado en los tribunales, basa su sistema de cálculo en el valor catastral como referencia, en lugar de tener en cuenta los ingresos de las compañías.

A pesar de este varapalo judicial, el Consistorio no da la batalla por perdida. Desde los servicios municipales de gestión tributaria explican que el Tribunal Supremo ha avalado este tipo de tasas en otros municipios y con sistemas de cálculo muy similares al de Terrassa. En el caso de Endesa no pueden recurrir al Alto Tribunal porque la compañía no ha puesto en cuestión el tributo, sino que ha impugnado la liquidación concreta del año 2012. En cambio, hay en marcha otro proceso judicial iniciado por Red Eléctrica contra la ordenanza fiscal en el que el Ayuntamiento, tras perder las primeras sentencias, tiene previsto presentar un recurso de casación ante el Supremo. De esta forma esperar obtener el visto bueno del tribunal y poder empezar a aplicar el gravamen.

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