Mina d’Aigües de Terrassa hizo público ayer una nota de prensa en la que anunciaba que el titular del juzgado de lo contencioso-administrativo número 9 de Barcelona ha desestimado su petición de medidas cautelares con respecto a la suspensión de los acuerdos de pleno que imponían la reversión de la concesión y la imposición de una prórroga forzosa, que según la empresa, perjudicaba sus intereses al modificar las condiciones de contratación. El juzgado considera que el hecho de que Mina siga explotando empresarialmente el suministro de agua en la ciudad hace que la decisión municipal no perjudique a la firma lo suficiente como para revocar la decisión del Ayuntamiento en pleno.
Se trata de una pequeña victoria judicial del Ayuntamiento, una inyección de moral jurídica que recibe el equipo de gobierno que lidera el alcalde Jordi Ballart en la batalla terrassense del agua. Eso no quiere decir que no exista el riesgo de que el procedimiento judicial acabe estimando la demanda presentada por Mina, pero al menos, refuerza su convicción. El conflicto, muy a grandes rasgos, radica en la naturaleza de la reacción entre la empresa y el Ayuntamiento y a la titularidad sobre algunos elementos afectos al suministro, circunstancias que condicionan la reversión y por tanto, la “indemnización” que debería pagar el Ayuntamiento a Mina. El asunto es ciertamente complejo y reviste no sólo un gran interés ciudadano por la trascendencia de lo que se está dilucidando, sino también jurídico y, como no, económico puesto que el Ayuntamiento cifra la cuantía de lo que debería pagar a Mina en algo más de dos millones de euros y Mina, por su parte, considera que debería recibir del Ayuntamiento, al menos unos 60 millones de euros.
El procedimiento sigue adelante, tanto el judicial como el administrativo de liquidación de la concesión. Mina se había negado hasta ahora a formar parte de la comisión que debía decidir sobre la forma de llevar a cabo la transición durante esta prórroga forzosa en esperad e la decisión del juez a cerca de su solicitud de medidas cautelares.
La decisión judicial es una muestra de que la judicialización del asunto no es más que eso, un procedimiento en el que las partes defienden sus intereses con las herramientas que la legislación pone a su alcance. La diferencia de criterios es radical, por lo que lo más lógico es que un juez tome decisiones. En un pleito tanto riesgo corre el que demanda como el que se defiende.