Terrassa

Abuela multada por cambiar la cerradura para echar a su nieta

Una mujer ha sido condenada por cambiar la cerradura de su casa para expulsar a su nieta, a la que había acogido unos meses. La imputada deberá pagar una multa de ochenta euros como autora de una falta de coacciones. De la misma infracción fue acusada una hija de la abuela, tía de la joven, pero en su caso la cuantía de la multa es de doscientos euros.

La abuela era la dueña de la vivienda. Según establece la sentencia, del juzgado de instrucción número 4 de Terrassa, la mujer consintió que su nieta residiera provisionalmente en el piso, y allí vivió unos meses. El 19 de diciembre del 2014, sin previo aviso y sin requerir antes a la chica para que se marchase, la abuela, una hija de ésta (tutora legal de la propietaria) y otra familiar se personaron en la casa con un cerrajero. Y dijeron a la afectada que saliera en ese momento, pues se disponían a cambiar la cerradura del domicilio para que no siguiese viviendo allí.

Los Mossos d’Esquadra fueron alertados del incidente y una dotación policial se presentó en el edificio. Los agentes informaron a las partes en litigio: la cerradura no podía ser sustituida así como así. El cerrajero se marchó.

También se fue la nieta, pero a poner una denuncia. Aprovecharon, la abuela y su hija, la ausencia de la chica para hacer caso omiso a las indicaciones de los policías. Según la sentencia, cambiaron la cerradura, en efecto, aunque luego permitieron a la nieta recoger algunas pertenencias.

Las dos denunciadas fueron condenadas, como autoras de faltas de coacciones, a veinte días de multa con cuota diaria de diez euros, una, y a veinte días de multa con cuatro euros de cuantía al día, la otra. Y a pagar las costas del proceso.

Ambas recurrieron la primera resolución ante la Audiencia Provincial, y el tribunal de la sección 22 ha resuelto confirmar la sentencia inicial. Asegura que la abuela prestó su consentimiento para que la nieta residiese en su propiedad y que su hija, su tutora legal, tenía conocimiento de la situación; dieron fe de ello tanto unos mensajes de telefonía como los pagos de recibos de suministros y un borrador de contrato de finalización de ocupación del piso como precarista, como persona que disfrutaba en precario de algo ajeno.

También está probado, según el tribunal, que no hubo requerimiento a la denunciante para que abandonase el domicilio. Al final, se cambió la cerradura cuando la afectada estaba presentando denuncia. Y eso, dicen los tribunales, constituye una falta de coacciones. Las dos mujeres, madre e hija, abuela y tía de la expulsada, han sido condenadas también a pagar las costas procesales del recurso que la Audiencia Provincial de Barcelona les ha tumbado.

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