Terrassa

Condenado por violar a su pareja tras pegarle con una antena

Le pegó con una antena de coche, y luego le asestó manotazos en la cara, el pecho, los hombros, la llevó a una habitación, la tiró sobre la cama, abusó de ella, la violó. Lo asegura la sentencia, que ha condenado al acusado a nueve años de prisión por un delito de agresión sexual y a nueve meses más por otro de lesiones en el ámbito familiar.

Eran pareja. El 19 de julio del 2015 estaban en Parc Vallès y discutieron, y ella decidió marcharse de allí en su coche. La antena del automóvil cayó sin que la conductora reparase en ello. Él, S. M. R., de 47 años, la recogió del suelo. Se quedó en el centro de ocio y pidió un taxi para volver a casa, pues a Parc Vallès habían acudido con el vehículo de ella. No vivían juntos, pero sí muy cerca uno del otro, a no más quinientos metros de distancia.

La mujer se dirigió a su domicilio. El hombre, durante el trayecto de vuelta, llamó a su pareja varias veces por teléfono. A las 4.06 de la madrugada, ella contestó. El hombre le pidió que le abriese. Él ya se encontraba en el portal del edificio de la mujer.

La víctima accedió. Pensó que quizás él había recapacitado tras faltarle al respeto, tras insultarla, que acaso quería pedirle disculpas. Iba desnuda y se tapó con una sábana. Hacía mucho calor y se cubrió, dijo, con lo que tenía más a mano.

No hizo sino abrir cuando recibió el primer golpe, que él le propinó con la antena del coche en el hombro izquierdo, y luego llegó la lluvia de más golpes, con la mano, en la cara, el pecho, los hombros, según la sentencia. El acusado llevó a la víctima hacia su dormitorio, y empezó a besarla, y a abrazarla. Para, para, dijo ella. "Entonces el acusado la empujó sobre la cama y le quitó de un fuerte tirón la sábana con la que ella, que estaba desnuda, se había tapado para abrirle la puerta", cuenta la resolución, de la Audiencia Provincial.

Se echó sobre su pareja, y ella reiteraba que la dejara, pero él "siguió besándola y le succionó fuertemente en el cuello y los pezones", añade la sentencia. Con una mano le agarró la muñeca izquierda. Con la otra la penetró. Le hacía daño, le dijo la víctima. Él paró. Ella fue al cuarto de baño. A su regreso, el procesado "volvió a cogerla y tirarla sobre la cama, diciéndole ella que, si no paraba, gritaría, que no le importaba que la oyeran los vecinos".

Bebió y se fue
El hombre la dejó en paz y se metió en la cocina. Abrió un refresco de cola que se le derramó por el suelo. Limpió las manchas con una bayeta, abrió la puerta del piso y se fue.

La agredida acudió a Mútua y luego declaró ante los Mossos d’Esquadra, y después fue explorada en el Hospital de Terrassa. Sufrió una excoriación en el hombro izquierdo, un hematoma laterocervical, una erosión en el cuello, hematomas en el antebrazo, una contusión en el flanco derecho, un hematoma en el párpado derecho, otro en un hombro, y una crisis de ansiedad. Él, fruto de la resistencia de la víctima, presentaba una contusión maxilar y erosiones y un hematoma en los brazos.

La credibilidad de la testigo
El procesado reconoció un chupetón, las succiones, la penetración con los dedos, pero aseguró que esas prácticas fueron consentidas por su pareja, y que él paró cuando ella se lo pidió. El acusado cargó las culpas en la mujer. Dijo que fue ella quien le insultó, llamándole hijo de puta, y que le propinó un puñetazo en la boca, y que él reaccionó dándole una bofetada. Según las sospechas de él, probablemente ella lo denunció porque unos días antes de los hechos creyó que la engañaba con otra.

Pero el tribunal, de la sección vigésima, concede credibilidad a la testigo, "no sólo por su coherencia y verosimilitud", y por los datos objetivos que acompañan a su relato, "sino también porque la versión dada por el acusado no se sostiene". Él vaciló y se contradijo, señala el tribunal. Primero dijo que le propinó una bofetada cuando ella le asestó el puñetazo a la salida del lavabo, pero luego declaró que el puñetazo se lo llevó cuando cesó en la penetración, o sea, antes. Su versión es ilógica, dicen los jueces, pues no supo explicar el porqué del comportamiento violento atribuido a ella; según él, a la mujer "le dio el punto" tras iniciar el juego sexual, sin motivo aparente, y lo insultó y lo golpeó con el puño.

No se vislumbran motivos para que ella mintiese, según la resolución. Y las lesiones que presentaba "son plenamente compatibles con las agresiones de las que dijo ser objeto e inexplicables según el relato dado por el acusado". Y las lesiones que él sufrió en los brazos "son compatibles con un mecanismo de defensa" por parte de la mujer, y la de la boca, con un golpe de resistencia propinado con la mano.

Los magistrados imponen a S. M. R. una pena de nueve años de prisión por el delito de agresión sexual. No podrá acercarse a menos de 75 metros de la víctima, ni comunicarse con ella, "durante un tiempo superior en un año a la pena de prisión impuesta", y deberá someterse a cinco años de libertad vigilada. Por el delito de lesiones en el ámbito familiar ha sido castigado con nueve meses de prisión, y con la misma orden de alejamiento.

INDEMNIZACIÓN
6.360 euros. El fallo de la sentencia impone al procesado el pago de 6.360 euros de indemnización a la víctima: seis mil en relación con el delito contra la libertad sexual y 360 por las lesiones. Las acusaciones pidieron 20.000, pero el tribunal considera excesiva esa cantidad

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