El juez del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) que investiga la causa del 9N ha dejado al expresidente catalán Artur Mas y a las exconselleras Joana Ortega e Irene Rigau a un paso del juicio, ante los indicios de que cometieron desobediencia y prevaricación al permitir la consulta.
En un auto, contra el que cabe recurso, el magistrado Joan Manel Abril desestima los recursos presentados por las defensas para que se archive el caso y da un plazo de diez días a la Fiscalía y a las acusaciones populares para que, si lo ven oportuno, presenten sus escritos de calificación contra los imputados.
Abril ha dado así por finalizada la instrucción del caso por la consulta del 9N, dos días después de las elecciones generales y en vísperas de su cese como magistrado del TSJC, que abandonará el próximo 1 de julio para dedicarse a la docencia como catedrático de Derecho Civil en la Universidad Autónoma de Barcelona (UAB) y seguir de presidente del Tribunal Superior de Justicia del Principado de Andorra.
En su auto, el magistrado aprecia indicios de que Mas y las exconselleras desobedecieron la orden del Tribunal Constitucional (TC) que suspendía la consulta del 9N y cuestiona su argumento de que, a partir de ese momento, el proceso participativo quedó exclusivamente en manos de voluntarios.
El magistrado razona que, “bajo la cobertura formal de la actuación del voluntariado”, el expresidente catalán Artur Mas y las exconselleras investigadas sí llevaron a cabo “actuaciones contrarias” a la providencia de suspensión dictada por el TC, y de forma “intencional y consciente” se negaron “abiertamente a dar cumplimiento al mandato” del Constitucional.
El auto recuerda que la orden de suspensión fue comunicada personalmente a Mas por el presidente del TC, por lo que, a diferencia de lo que esgrimen las defensas, esta “tenía un destinatario específico y era inequívoca”, tanto que el propio gabinete jurídico de la Generalitat admitía en su recurso a la resolución que, de no estimarse, la consulta no podría celebrarse.
Para el juez, de la instrucción de la causa se desprende que “la organización, la preparación y el desarrollo de la consulta no se llevó a cabo solo a través de voluntarios, sino que jugaron un papel relevante contratistas privados, que prestaron servicios abonados con recursos financieros públicos, con plena conciencia de la desobediencia a la suspensión acordada”.
Joan Manel Abril ve indicios de que las actuaciones de Mas, Rigau y Ortega “podrían constituir, indiciariamente, el tipo delictivo de desobediencia”, dado que sus comportamientos fueron “necesarios y nucleares” para que pudiera llevarse a cabo la votación, al no dejar sin efecto los contratos que amparaban los servicios por parte de contratistas privados.
También cree el magistrado que los investigados pudieron incurrir en un delito de prevaricación administrativa por omisión, al no haber dictado aquellas resoluciones que impidieran la consulta, con el fin de “conseguir la realización de su voluntad y anteponer la misma a la suspensión ordenada por el Tribunal Constitucional”.
Según el juez, los imputados “adoptaron aquellas resoluciones decisorias y necesarias, algunas en forma verbal, para poder llevar a cabo el proceso de participación del 9N”, como fue impulsar la instalación del software necesario para la votación, la cesión de los centros docentes que acogieran los urnas, el traslado de ordenadores y la instauración de un centro internacional de prensa para dar publicidad a los resultados.
Concretamente, el TSJC sostiene que Mas “consintió y no paralizó” los procedimientos de contratación sobre la consulta, que a su parecer “comprometían recursos públicos de la administración catalana”, algunos de carácter “tan evidente como la preparación de un centro de prensa en Montjuïc” o la difusión de una campaña institucional en los medios.
En relación con Ortega, el magistrado remarca que llevó a cabo “toda una serie de actuaciones orientadas a preparar y celebrar la consulta del 9N en coordinación con el presidente de la Generalitat”, además de informar de los resultados desde el Centro de Prensa.
Respecto a Rigau, el TSJC apunta que actuó “de manera coordinada” con los anteriores, ya que, a través de los jefes de los servicios territoriales de Enseñanza, procuró que los directores de instituto cedieran los centros que albergaron las urnas de la consulta soberanista.